Plazo para demandar al INSS por silencio administrativo en una incapacidad permanente

Silencio administrativo en solicitud de incapacidad permanente./ Licencia Adobe Stock

La solicitud de incapacidad permanente por vía administrativa puede encontrarse con diferentes trabas en el camino. Entre ellas, puede darse la situación de silencio administrativo, que significa que el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) no ha ofrecido ninguna resolución con respecto a la correspondiente solicitud.

Para obtener una pensión de incapacidad permanente, los ciudadanos deben seguir un procedimiento específico. En primer lugar, la solicitud se debe realizar por vía administrativa. Si se produce un rechazo de la solicitud, la persona interesada puede solicitar la incapacidad permanente por la vía judicial, previa demanda del INSS.

Antes de iniciar un procedimiento judicial contra la Seguridad Social es recomendable analizar el caso con detenimiento, para que un abogado especialista pueda determinar las posibilidades de lograr la ansiada incapacidad permanente.

Silencio administrativo en la incapacidad permanente

En caso de solicitar una incapacidad permanente por la vía administrativa, la Seguridad Social dispone de un plazo de 135 días hábiles para aprobar o denegar la solicitud. En esos 135 días hábiles no se cuentan festivos ni fines de semana.

Incapacidad permanente pensión discapacidad
Silencio administrativo en solicitud de incapacidad permanente./ Licencia Adobe Stock

Si superado ese plazo, el usuario no obtiene ninguna resolución, la solicitud se entiende denegada por silencio administrativo. Superado el plazo del silencio administrativo, el ciudadano ya podrá interponer una reclamación previa contra la Seguridad Social para luchar por el reconocimiento de la incapacidad permanente.

Esta Reclamación Previa se realiza a la Seguridad Social, que dispone de otros 45 días hábiles para responder. Si superado ese plazo no se obtiene respuesta, también habrá silencio administrativo. Será entonces cuando comience el plazo para interponer recurso por silencio administrativo.

Anteriormente, el plazo de recurso por silencio administrativo era de seis meses. No obstante, tras una resolución del Tribunal Superior de Castilla-La Mancha, ya no existe ningún tipo de plazo para interponer dicho recurso.

Recurrir por silencio administrativo

La correspondiente reclamación se puede llevar a cabo por la denegación del reconocimiento de una incapacidad permanente, por el reconocimiento de un grado inferior de incapacidad al solicitado o por cancelación de la pensión de invalidez.

Hay que tener en cuenta que el silencio administrativo supone una negativa por parte de la Seguridad Social. Sin embargo, los ciudadanos siempre tienen la posibilidad de presentar una reclamación por esta situación. En la mayoría de casos, es recomendable contar con abogados especialistas para interponer este tipo de recursos contra la Administración.

Así, desde ‘Fidelitis’ exponen que «el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha comenzado a aplicar también en la Jurisdicción Social la doctrina del Tribunal Constitucional (TC), que establece que ante el silencio administrativo el ciudadano no puede ver restringido su derecho para demandar en los plazos que establece la ley, dado que la administración está obligada a resolver».

Hablamos de algo que ya se encontraba en vigor en el ámbito contencioso-administrativo y que se ha aplicado por primera vez en el ámbito social. Así, los expertos de ‘Fidelitis‘ comentan que «con toda seguridad, esta pionera sentencia va a afectar a muchos trabajadores que reclaman la incapacidad permanente y se les ha pasado el plazo para demandar ante el silencio del INSS».

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