Nuevo caso de uso fraudulento de la tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida (PMR), en el que se utiliza un documento que pertenece a una persona fallecida. En esta ocasión ha tenido lugar en Ávila, ciudad localizada en la CCAA de Castilla y León. La Policía Local de este municipio ha informado de este suceso a través del ayuntamiento.
Debemos de tener en cuenta que las infracciones por uso indebido de la tarjeta de aparcamiento que pudieran cometer aquellas personas no titulares de la tarjeta, acarrearán sanción económica. Además, en el caso de que las infracciones por el uso indebido de la tarjeta de aparcamiento por parte del titular serán sancionadas con la retirada de la tarjeta de aparcamiento del siguiente modo:
- Leves, con retirada de la tarjeta de aparcamiento por un plazo de uno a seis meses.
- Graves, con retirada de la tarjeta por un plazo de seis a doce meses.
- Muy graves, con retirada de la tarjeta de aparcamiento de doce a veinticuatro meses.
Denunciada por aparcar con la tarjeta PMR de su madre fallecida hace 10 años
La Policía Local de Ávila ha denunciado a una vecina de la ciudad que utilizó la tarjeta de discapacidad de su madre fallecida hace diez años para aparcar en una zona reservada para vehículos de movilidad reducida.
El Ayuntamiento de Ávila ha informado que los hechos se produjeron el pasado lunes 31 de marzo tras un control sobre el uso de este tipo de tarjetas, cuando los agentes multaron a un vehículo por estar aparcado sin el título correspondiente. Fue después cuando llegó el turno de esta mujer, que se identificó como la conductora del vehículo y que resultó ser una vecina de Ávila de 64 años, que indicó que sí disponía de la tarjeta.
Al mostrarla, la mujer justificó que la tarjeta pertenecía a su madre, pero, al comprobarlo, los agentes vieron que no solo estaba caducada, sino que además la titular había fallecido diez años atrás.
¿Cuánta vigencia tiene la tarjeta PMR?
Los expertos aseguran que la tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida se otorgará con carácter indefinido. Sin embargo, cuando el reconocimiento del grado de discapacidad tenga carácter provisional, la tarjeta de aparcamiento se concederá por el plazo establecido para la revisión del grado.
La tarjeta de aparcamiento de vehículos para personas con movilidad reducida, concedida con carácter provisional por razones humanitarias tendrá una duración máxima de un año, pudiéndose renovar sólo por un periodo igual, siempre que se mantengan las condiciones iniciales requeridas para su otorgamiento.
La tarjeta de aparcamiento de vehículos para el transporte colectivo de personas con movilidad reducida se otorgará por un plazo de cinco años, salvo que el vehículo autorizado cese en su actividad antes de ese plazo, en cuyo caso se procederá a su cancelación.