La pensión de orfandad es una de las pensiones contributivas que contempla el sistema español, junto con la jubilación, viudedad, incapacidad permanente y en favor de familiares. Así, para cobrar la prestación de orfandad, la Seguridad Social exige el cumplimiento de unos requisitos esenciales.
Desde la Seguridad Social definen la pensión de orfandad como «una prestación económica que se concede a los hijos de la persona fallecida y a los aportados por su cónyuge, que reúnen los requisitos exigidos».
En este tipo de pensión contributiva, la cuantía a percibir no depende de la cotización o ingresos de los descendientes, sino del padre o la madre fallecida. Es decir, en función de la cotización o ingresos de la persona causante
Cuanto mayor sean estos parámetros económicos, mayor será la cuantía mensual que le corresponda a la persona beneficiaria de la pensión de orfandad. En cualquier caso, se debe aplicar un porcentaje concreto de la base reguladora.
Dentro de la pensión contributiva de orfandad, encontramos la modalidad de pensión de orfandad absoluta. Esta prestación recibe dicha denominación cuando los dos progenitores han fallecido.
Beneficiarios de la pensión de orfandad
Los hijos de la persona fallecida deben cumplir una serie de requisitos determinados para tener derecho a la pensión de orfandad. En este caso, estas son las condiciones principales para optar a esta pensión contributiva en 2022:
- Hijos naturales o adoptados de la persona causante.
- Hijos del cónyuge sobreviviente que hubiese convivido durante un mínimo de dos años con el matrimonio, y que estuviera a su cargo. Además, no deberá tener derecho a otra pensión de la Seguridad Social ni apoyo económico de otra rama familiar.
Otra opción es tener menos de 21 años o estar incapacitado para la actividad laboral en un grado de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez en la fecha del fallecimiento.
Por otra parte, si el o los descendientes han cumplido 21 años, pero no han alcanzado los 25 años, podrán cobrar la pensión de orfandad durante los periodos de desempleo, o si trabajando percibe unos ingresos anuales por debajo del Salario Mínimo Interprofesional vigente.
¿Qué ocurre con la cotización?
Actualmente, en 2022, y para los fallecimientos posteriores al año 2008, solamente se exigen requisitos de cotización si la persona difunta se encontraba en situación de no alta en el momento de su fallecimiento. En estos casos, se debe acreditar que dicha persona cotizó a la Seguridad Social durante al menos 15 años.

Por otra parte, desde la Seguridad Social recuerdan que la pensión de orfandad es compatible con cualquier renta de trabajo hasta los 21 años de edad. Así lo establece la Administración Pública a través de la ‘Guía del pensionista 2022’.
También hay que tener en cuenta una situación excepcional expuesta por la Seguridad Social: «Si la persona beneficiaria estuviera cursando estudios y cumpliese 25 años durante el transcurso del curso escolar, la percepción de la pensión se mantendrá hasta el primer día del mes siguiente al del inicio del nuevo curso académico».