Llegar a la jubilación significa llegar a la edad legal para poder retirarse del mercado laboral y acceder a una pensión por los años que se ha trabajado. Sin embargo, no todo el mundo tiene derecho a esta prestación. Para poder solicitarla, es necesario además de tener una edad determinado, haber cotizado una serie de años a la Seguridad Social. No obstante, existen otro tipos de subsidios para personas que no cumplan con este último requisito.
En España, la edad legal de jubilación para cobrar la pensión completa, en lo que queda de 2023 es a los 65 años, si se ha cotizado al menos 37 años y nueve meses. De lo contrario, la persona podrá retirarse llegado a los 66 años y cuatro meses. Sin embargo, hay que hasta 2027, estos requisitos irán cambiando año tras año, por lo que el trabajador deberá estar atento antes de solicitar la jubilación.
No obstante, en nuestro país existe otra opción a la que algunos trabajadores pueden acogerse. Se trata de la jubilación anticipada, una situación perfecta para aquellos que se la conceden, pues de este modo, pueden dejar su actividad profesional antes de lo estipulado ordinariamente, y cobrar una pensión. No obstante, no todo el mundo puede acceder a ella. Y es que la Seguridad Social establece las premisas que deben cumplirse para que te la concedan.
En este sentido, ha habido cambios considerables en este año. Y es que el pasado mes de mayo, el Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto que mejora el acceso a la jubilación anticipada para las personas con una discapacidad superior al 45 por ciento. Para este colectivo, se han reducido los años de cotización exigidos de 15 a 5, desde el diagnóstico de la discapacidad.
JUBILACIÓN ANTICIPADA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
El Gobierno de España ha mejorado el acceso a la jubilación anticipada para las personas con una discapacidad superior al 45 por ciento. Pues gracias a este cambio, muchas personas podrán acceder a esta situación habiendo cotizado durante tan solo 5 años. En este sentido, la Seguridad Social establece que podrán beneficiarse de esta medida los trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia incluidos en cualquiera de los regímenes que integran su sistema.

No obstante, la Seguridad Social establece que para poder acceder a una jubilación anticipada en el marco de lo que el nuevo Real Decreto establece, deben acreditar lo siguiente:
- Estar en alta o en situación asimilada a la de alta
- Que a lo largo de su vida laboral han trabajado un tiempo efectivo equivalente, al menos, al período mínimo de cotización que se exige para poder acceder a la pensión de jubilación estando afectados por alguna de las patologías generadoras de discapacidad y, dentro de ese período, durante al menos cinco años, con un grado de discapacidad igual o superior al 45 por ciento.
ASÍ DEBES ACREDITAR TU DISCAPACIDAD
La Seguridad Social establece que para acceder a esta jubilación anticipada debe acreditarse el grado de discapacidad establecido. ¿Cómo? Aportando los siguientes documentos:
- Informe médico que indique la fecha en que se ha iniciado o se ha manifestado la patología, ya sea esta la fecha de nacimiento o una posterior.
- Acreditación de que la discapacidad ha sido igual o superior al 45 por ciento durante al menos cinco años tiene que efectuarse mediante un certificado del Instituto de Mayores y Servicios Sociales o del órgano correspondiente de cada comunidad autónoma. Debe indicar la fecha en la que se ha iniciado o manifestado la discapacidad.
En cuanto al grado de discapacidad del 45 por ciento se valora mediante certificados que acrediten estas condiciones:
- Que de la suma de los porcentajes de discapacidad alcanzados en las diferentes dolencias que figuren en el certificado, así como del porcentaje correspondiente a los «baremos complementarios», de ser el caso, resulte un porcentaje de discapacidad total igual o superior al 45 por ciento.
- Que al menos una de las dolencias reflejadas en el certificado de discapacidad aparezca en el listado de patologías y suponga como mínimo el 33 por ciento del total del grado de discapacidad acreditado.