Estas personas no pueden hacer testamento en España, según la ley

La legislación establece una serie de excepciones sobre personas que no pueden otorgar testamento en España, en base a ciertos criterios

Personas que no pueden hacer testamento en España./ Licencia Adobe Stock

Un testamento es un documento oficial que permite a los ciudadanos dejar fijar su voluntad en cuanto a la repartición de bienes y patrimonio tras su fallecimiento. La realización del testamento debe respetar las disposiciones legales que se recogen en el Código Civil español.

Tras el fallecimiento del testador, se debe respetar todo lo que se recoge en su testamento. Sin embargo, también es preciso aclarar que es posible anular un testamento si se demuestra que no cumple con todas las condiciones legales.

Personas que no pueden hacer un testamento

El testador es la persona que realiza el testamento. Así, a través de este documento, el testador nombra a las personas que recibirán su herencia y el modo en el que se repartirá la herencia entre los correspondientes herederos.

Personas que no pueden hacer testamento en España
Personas que no pueden hacer testamento en España./ Licencia Adobe Stock

Desde UNICEF aclaran que «la principal limitación del testador para disponer de sus bienes en testamento viene determinada por la propia Ley, que establece una serie de normas dirigidas a proteger los derechos de los herederos forzosos. Es lo que se conoce como legítimas».

Todas las personas físicas en España tienen la posibilidad de realizar un testamento. Sin embargo, existen ciertas excepciones contempladas por la Ley de personas que no pueden otorgar testamento:

Además, es necesario recordar que el testamento es un acto personalísimo. Es decir, no se puede delegar ni autorizar a otra persona que haga el testamento por nosotros. Son aspectos básicos que se deben tener en cuenta a la hora de otorgar un testamento en España.

¿Es recomendable hacer un testamento?

Muchas personas suelen tener dudas a la hora de realizar un testamento. Si bien, los expertos siempre recomiendan hacer testamento, ya que es el único modo de asegurar que se cumple nuestra voluntad en relación a la distribución de una herencia.

Si una persona fallece sin hacer testamento, la herencia se repartirá según el orden de herederos forzosos. Ante la ausencia de los denominados herederos forzosos, la herencia puede terminar en manos del Estado.

Además, cuando una herencia no tiene testamento, aumenta el riesgo de que se produzcan disputas familiares entre posibles herederos. La realización de un testamento ayuda a evitar o reducir las posibilidades de que aparezcan todos estos inconvenientes.

En otro orden de cosas, los representantes de UNICEF comentan que «el testamento siempre es revocable, es decir, no es algo que no podamos deshacer. Todo lo contrario, una persona podrá realizar a lo largo de su vida tantos testamentos como considere convenientes, pudiendo adaptarlos, si lo cree necesario, a las diferentes circunstancias que pueda atravesar en la vida».

Realizar un testamento no suele tener un coste demasiado elevado. Su precio aproximado oscila entre 40 y 70 euros, y lo más recomendable es otorgar este documento ante notario.

Por otra parte, es preciso aclarar que algunas herencias también contienen deudas. En este sentido, cualquier heredero cuenta con potestad para rechazar una herencia. Eso sí, la herencia se debe rechazar en su totalidad, por lo que no es posible aceptar los bienes y rechazar las deudas.

Como conclusión, desde UNICEF aseguran que «la sucesión testada, es decir, habiendo otorgado testamento, es sin duda la mejor opción, ya que de esta manera el testador decide el futuro de sus bienes, derechos y obligaciones».

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