El Programa de Turismo del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, conocido como IMSERSO, está dirigido a personas mayores, pensionistas y jubilados de España, con la idea de que puedan acceder a diferentes viajes concertados con precios reducidos.
El programa de turismo del IMSERSO se define como «un servicio complementario de las prestaciones del Sistema de la Seguridad Social española, con el objetivo de proporcionar a las personas mayores estancias en zonas de costa y turismo de interior, contribuyendo con ello a mejorar su calidad de vida, su salud y la prevención de la dependencia«.
Debemos de tener en cuenta que el IMSERSO de cara a la temporada 2023/24 tiene una nueva licitación que cuenta con varias novedades, como son:
- Aumento de 70.000 plazas
- Subida del 7,5% en los precios
- Inclusión de nuevos destinos
La duda con los viajes del IMSERSO llega cuando una persona, que no es pensionista ni jubilado, reclama si puede ir o no, pero ¿qué dice la normativa?
REQUISITOS PARA VIAJAR CON EL IMSERSO
En primer lugar, lo que vamos a ver son los requisitos que exige el IMSERSO para que las personas puedan participar en su Programa de Turismo Social. Y es que este programa está dirigido a personas mayores o personas que se encuentran en edad de jubilación. Y es que cuando este colectivo tiene tiempo, una de las actividades a las que más recurre es a la de viajar.
Entonces, atendiendo a la nueva normativa del IMSERSO, pueden disfrutar de estos viajes con descuentos las personas que cumplan los siguientes requisitos:
- Personas residentes en España que perciban una pensión de jubilación.
- Ser pensionista de viudedad con, al menos, 55 años de edad.
- Ser pensionista de otros conceptos o percibir una prestación por desempleo o subsidio por desempleo. En este caso, es necesario tener 60 años o más.
- Ser asegurado del sistema de la Seguridad Social, con 65 años o más.
VIAJAR CON EL IMSERSO SIN SER PENSIONISTA NI JUBILADO
Como hemos visto, el IMSERSO señala en sus requisitos para viajar con el Programa de Turismo del IMSERSO que no existe necesidad de ser pensionista o jubilado. Es decir, percibiendo una prestación o subsidio por desempleo con 60 años o más se podrá realizar un viaje del IMSERSO. También en caso de ser asegurado de la Seguridad Social con 65 años o más.
De esta manera, los españoles residentes en el extranjero que cumplan algunos de los requisitos expuestos anteriormente también pueden viajar con el IMSERSO. Desde la organización señalan que dentro de este listado se recogen los españoles que residen en:
- Alemania
- Andorra
- Austria
- Bélgica
- Dinamarca
- Finlandia
- Francia
- Holanda
- Italia
- Luxemburgo
- Noruega
- Portugal
- Reino Unido
- Suecia
- Suiza
Otra persona que no deben de cumplir con los requisitos del IMSERSO para viajar es el acompañante de la persona usuario del programa, que puede ser el cónyuge o la pareja. Es decir, los acompañantes pueden viajar con los descuentos del IMSERSO sin necesidad de ser pensionistas o jubilados.
También pueden viajar los hijos con discapacidad sin necesidad de ser jubilados. La normativa del IMSERSO señala que los usuarios del Programa de Turismo «podrán ir acompañadas de los hijos con discapacidad, en grado igual o superior al 45%, siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación o, en su caso, abonen el suplemento establecido para habitaciones dobles de uso individual que estará sujeto a la disponibilidad de plazas».
Eso sí, la normativa del IMSERSO señala que es un aspecto clave en este tipo de situaciones que las personas usuarias de plazas y sus acompañantes deben valerse por sí mismas para llevar a cabo las actividades cotidianas del día a día.