Las personas trabajadoras fijas discontinuas también tienen derecho a cobrar diferentes prestaciones y subsidios por desempleo gestionados por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Sin embargo, esta situación no era así hace unos años.
Un trabajador con contrato fijo discontinuo es aquel que una empresa contrata de forma indefinida, pero para un trabajo que se repite de manera periódica y previsible, aunque no continua. Debido a las características de este tipo de contratos, se generaban ciertos conflictos con la obtención de prestaciones del SEPE.
Sin ir más lejos, en este año 2022, el Ministerio de Trabajo ha aprobado una nueva normativa que permite a los trabajadores fijos discontinuos cobrar el subsidio para mayores de 52 años. Este subsidio del SEPE tiene una cuantía mensual en 2022 equivalente al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM); siendo de 463,21 euros al mes.
Prestaciones del SEPE para fijos discontinuos
Desde el SEPE certifican que una persona trabajadora fija discontinua si podrá cobrar la prestación por desempleo cuando deje de trabajar, en los periodos de inactividad productiva que se produce entre las campañas.
«Si percibe la prestación por desempleo por ser una persona trabajadora fija discontinua, una vez que reinicie la actividad, si trabaja a tiempo parcial, no podrá compatibilizar la prestación y el trabajo a tiempo parcial. En tal caso, la prestación se suspenderá o se extinguirá», detallan los profesionales del SEPE.
Por otra parte, las personas trabajadoras fijas discontinuas podrán acceder al subsidio para mayores de 52 años, siempre que el hecho causante se produzca a partir del 2 de marzo de 2022. Así lo establece la nueva ley laboral elaborada por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, que dirige Yolanda Díaz.
Ventajas del subsidio para mayores de 52 años
Los trabajadores con contrato fijo discontinuos quedaban un poco en desamparo en los periodos de inactividad, ya que no tenían la posibilidad de percibir el subsidio para mayores de 52 años. Hay que tener en cuenta que esta ayuda del SEPE entraña diferentes beneficios.
Uno de los más destacados es que permite seguir cotizando a la Seguridad Social de cara a la futura pensión de jubilación, durante la percepción del subsidio. Al respecto, desde el SEPE informan que «la entidad gestora (Servicio Público de Empleo Estatal o Instituto Social de la Marina) ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a la jubilación. La base de cotización por jubilación será el 125 % del tope mínimo de cotización vigente en cada momento».
Por otra parte, el subsidio para mayores de 52 años se puede cobrar hasta alcanzar la edad de jubilación ordinaria. Para ello se deben cumplir todos los requisitos iniciales que dieron derecho a la percepción inicial del subsidio.
Así, las personas trabajadoras fijas discontinuas pueden solicitar el subsidio para mayores de 52 años en la Sede Electrónica del SEPE, oficina de prestaciones, por correo administrativo o cualquier oficina de registro público.
Finalmente, los profesionales del SEPE explican que «en todos los casos, si se presenta la solicitud fuera de plazo, el derecho nacerá a partir del día siguiente al de la solicitud, siempre que los requisitos exigidos se cumplan no solo en la fecha de la solicitud, sino también en la fecha del hecho causante y que no haya concurrido ninguna causa de extinción del derecho».