Dos hermanas pierden la pensión alimenticia por tratar a su padre como «un cajero automático»

El Juzgado de Córdoba ha tomado una sentencia histórica: denegar la pensión alimenticia que recibían dos hermanas de manera continua

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Una historia de película. Así es lo que ha ocurrido con la pensión alimenticia de las dos hijas de una matrimonio que decidió divorciarse. Esta manutención pagada de manera continua y periódica por un padre a las dos hermanas que decidieron quedarse con la madre que ahora ha sido denegada por el juzgado de Córdoba, que depende de la Junta de Andalucía.

Los hechos se remontan a 2003, cuando la pareja decidió divorciarse. Desde entonces, el padre debería de pagar una pensión alimentaria a las dos pequeñas. La relación por parte del padre con ambas fue complicada y nula desde que cumplieron la mayoría de edad, como adelanta NIUS diario. Los mensajes de las dos jóvenes a su padres se limitaban a pedir, de manera esporádica, dinero o que les pagara algo.

El padre ha conseguido en los tribunales el derecho a dejar de pasar la pensión de sus hijas tras demostrar el «desapego absoluto» de ellas. «Era un cajero automático», asegura el abogado Gabriel Velamazán a NIUS, donde relata la historia que ha sufrido su cliente.

Esta es una sentencia histórica, ya que es la primera vez que un juzgado decida de esta manera. Así lo destaca el abogado del padre, que asegura que se trata de «demandar la extinción de la obligación de pagar pensión alimenticia a los hijos cuando media un desapego absoluto, duradero en el tiempo y básicamente imputable los hijos». Hasta ahora en España no se había hecho nada igual, aunque este camino ya fue abierto por el Tribunal Supremo (TS) anteriormente.

Las niñas dieron la espalda a su padre

Desde 2003, año en el que se divorció la pareja, el padre pagaba puntualmente la pensión alimenticia de las dos niñas, que tenían 6 y 8 años respectivamente. Además, como adelanta NIUS, el progenitor ha intentado durante años y de manera insistente retomar la relación con sus hijas. Sin embargo, ellas han dado la espalda a su padre en este sentido.

«Como llegué a alegar en juicio, la relación del padre respecto a aquellas había acabado reducida a la de un cajero automático», aseguraba Gabriel Velamazán en NIUS. Según el letrado, la ausencia de la relación entre las hijas y el padre quedó constado en el procedimiento.

En un principio, podría tener excusas o justificaciones durante la minoría de las hijas, pero en la mayoría de edad, «la decisión y consiguiente responsabilidad es de las mismas, que han decidido mantener esa nula relación», como asegura el letrado. Además, remarca que el desprecio al padre se hizo extensivo al conjunto de la familia paterna.

La sentencia recoge el derecho del padre a dejar de pasar la pensión a sus hijas, de 23 y 25 años. Todo ello tras el “desapego absoluto” mostrado por ellas, como ha dictaminada el Juzgado de Córdoba. Además, con ella se consigue por primera vez acabar con una situación injusta.

¿Qué es una pensión alimenticia?

La pensión alimenticia es el pago continuo y periódico que realiza un padre o madre para el beneficio económico de un hijo después de la finalización de un matrimonio u otro relación. Dicha ayuda debe pagarse a los hijos menores de edad; pero también a los mayores o emancipados que no tengan ingresos propios por causas ajenas a su voluntad.

En este caso, la pensión alimenticia es la paga directa o indirecta de un deudor a un obligante por el cuidado y manutención de los hijos. Este es un derecho que se recoge en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño. En ellos se recoge la responsabilidad común de ambos padres para la crianza y desarrollo de los niños.

 

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