La Junta de Andalucía, liderada por Juanma Moreno, está llevando a cabo en 2025 una ayuda complementaria a la que se pueden acoger los pensionistas que cumplan los requisitos que exija el ejecutivo andaluz. Este complemento ya se aplicó sobre la pensión de muchas personas el año anterior, aunque su cuantía ha aumentado actualmente.
Según informa la Junta de Andalucía, esta medida, que fue ratificada en el Consejo de Gobierno a finales de 2024, busca aliviar la situación económica de los beneficiarios, garantizando un apoyo adicional a quienes más lo necesitan. La subida aplicada es del 4,5%, lo que incrementa el importe del complemento hasta los 186,45 euros. Si atendemos a los datos del Gobierno andaluz, casi 98.000 personas en Andalucía cobran una pensión no contributiva en 2025. Así, todas estas personas podrán percibir esta ayuda complementaria que ofrece la Junta de Andalucía.
Requisitos para poder acceder al complemento de 187 euros de la Junta de Andalucía
Desde la Junta de Andalucía han asegurado que la ayuda social de carácter extraordinario de 187 euros está destinada para beneficiarios de pensiones no contributivas, ya sea por jubilación o por invalidez. Por lo tanto, se accederá a ellas, siempre que se sea titular de pensiones no contributivas con los siguientes requisitos:
- Ser titular de pensión de jubilación o invalidez en su modalidad no contributiva en el momento del abono de las ayudas contempladas en este acuerdo, y tener dicha condición a 31 de diciembre de 2024.
- Tener la residencia habitual en territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Consiste en una cuantía anual de 186,45 euros, que se abonará en un sólo pago durante el primer trimestre del año 2025.
Requisitos para acceder a la pensión no contributiva del IMSERSO en 2025
Como hemos visto, para poder acceder al complemento de 187 euros de la Junta de Andalucía la persona interesada deberá de cumplir una serie de requisitos, siendo el más importante recibir una pensión no contributiva, ya sea de jubilación o de invalidez.
En este sentido, vamos a mostrar cuales son los requisitos que se deben de cumplir para acceder a la pensión no contributiva del IMSERSO en 2025.
Requisitos para acceder a la pensión no contributiva de invalidez
El IMSERSO especifica que la pensión no contributiva de invalidez «asegura a todos los ciudadanos en situación de invalidez y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios».
Pueden ser beneficiarios de la pensión no contributiva de invalidez los ciudadanos españoles y nacionales de otros países, con residencia legal en España que cumplen los siguientes requisitos:
- Edad: Tener dieciocho o más años y menos de sesenta y cinco en la fecha de la solicitud.
- Residencia: Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
- Discapacidad: Estar afectado de un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
- Carecer de ingresos suficientes: Existe carencia cuando las rentas o ingresos personales de que se disponga, en cómputo anual, para 2025, sean inferiores a 7.905,80 € anuales.
Requisitos para acceder a la pensión no contributiva de jubilación
El IMSERSO especifica que la pensión no contributiva de invalidez «asegura a todos los ciudadanos mayores de 65 años y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios.».
Pueden ser beneficiarios de la pensión no contributiva de jubilación los ciudadanos españoles y nacionales de otros países, con residencia legal en España que cumplen los siguientes requisitos:
- Edad: tener sesenta y cinco o más años.
- Residencia: residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de diez años, en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los dieciséis años y la de devengo de la pensión, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
- Carecer de ingresos suficientes: Existe carencia cuando las rentas o ingresos personales de que se disponga, en cómputo anual, para 2025, sean inferiores a 7.905,80 € anuales.
Para más información puedes visitar la web del IMSERSO.