La Seguridad Social ofrece ayudas económicas para quienes necesiten un incentivo mensual para mantener su economía. Existen varias prestaciones que los pensionistas reciben a lo largo del año, y cuyas pagas están divididas en distintos plazos. Esta es la razón por la que algunos beneficiarios de estas pensiones cobran la paga extra de verano y otros que no.
En verano hay muchas razones por las que la paga extra, tanto para quienes ingresan una nómina en su cuenta bancaria como para los pensionistas, es uno de los momentos más esperados del año. Las vacaciones, las compras, las facturas o cualquier motivo por el que necesiten un incentivo económico, hacen que la Seguridad Social establezca dos pagas extra al año para algunos beneficiarios de las ayudas del Estado.
Sin embargo, hay pensionistas que no ven este dinero adicional en sus recibos durante los meses de verano. Este es el caso de los pensionistas por incapacidad permanente, ya que las pagas extras están prorrateadas en los 12 meses del año.
PENSIONISTAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL SIN PAGAS EXTRA
Lo más habitual es que la Seguridad Social realice el pago de las pensiones a los beneficiarios de estas ayudas en 14 pagas, una por cada mes del año y dos pagas extraordinarias: la de verano y la de Navidad.
Sin embargo, ¿sabes que hay pensionistas que no verán esta paga extra en sus cuentas bancarias?. Se trata de los beneficiarios de las pensiones por accidente de trabajo o enfermedad profesional. Y es que estas dos pagas extraordinarias de junio y noviembre están prorrateadas en las mensualidades ordinarias.
Los perceptores de incapacidad permanente no recibirán su correspondiente retribución adicional en verano debido a que las pagas están divididas de manera distinta. En los casos de los pensionistas por jubilación, viudedad, orfandad, incapacidad permanente (por causa no laboral) y pensión a favor de familiares, sí que reciben dos pagas extraordinarias al año.
¿CUÁL ES EL REQUISITO PARA RECIBIR LA CUANTÍA EN 12 PAGAS?
Tal y como hemos mencionado anteriormente, la Seguridad Social está obligada a pagar dos retribuciones extraordinarias al año a los pensionistas que reciban su pensión en 14 pagas. No obstante, esto tiene excepciones que hacen que no todos los beneficiarios reciban estas dos pagas extra anuales.
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Este es el caso de las situaciones en las que la pensión por incapacidad permanente se percibe por enfermedad o accidente laboral. Es decir, aquellas incapacidades que están relacionadas con la actividad laboral. Y, por lo tanto, los beneficiarios estén sujetos a recibir la cuantía total en 12 pagas sin retribuciones extraordinarias a lo largo del año.
En cualquier caso, los días del pago mensual de las pensiones es el mismo para todos, cumplan o no con este requisito. Lo normal es que los bancos realicen el pago de las ayudas económicas de la Seguridad Social los primeros día de cada mes.
No obstante, la mayoría adelanta el pago de las pensiones todos los meses para que los pensionistas y jubilados puedan disfrutar de su dinero al comienzo de cada mes. Sin necesidad de que tengan que esperar varios días para tener el pago en sus cuentas bancarias.