¿Qué pensiones de incapacidad permanente están obligadas a declarar el IRPF?

Determinados grados de incapacidad permanente no están exentos del pago de IRPF, aunque existen excepciones claves a tener en cuenta

Incapacidad Permanente

Este miércoles 6 de abril de 2022 arranca la Campaña de la Renta correspondiente al ejercicio de 2021. Así, es necesario recordar que algunos beneficiarios de una pensión de incapacidad permanente también deben declarar el IRPF (Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas).

Primeramente, debemos tener claro que existen cuatro grados principales de incapacidad permanente, los cuales se diferencian por diversos parámetros:

En este sentido, la retención del IRPF en la incapacidad permanente depende principalmente del grado de invalidez reconocido. Así, los ingresos procedentes de una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez no están sujetos al IRPF.

Pensión de incapacidad permanente y tributos a Hacienda

Por otra parte, la pensión de incapacidad permanente y la pensión de incapacidad parcial obliga a declarar el IRPF. Es decir, la forma en la que se tributa a la Agencia Tributaria es desigual según el grado de incapacidad reconocido.

Declaración de la Renta ejercicio de 2021
Declaración de la Renta ejercicio de 2021

En cualquier caso, ningún grado de incapacidad permanente cotiza a la Seguridad Social. Si bien, cuando se reciben otro tipo de ingresos o rentas de forma complementaria a la pensión, éstos si conllevan el pago de IRPF.

Incapacidad absoluta y Gran Invalidez

El Instituto Nacional de la Seguridad Social no realiza retención alguna de IRPF en las pensiones de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez. Si bien, esta exención solo se aplica a los ingresos correspondientes de la pensión.

No obstante, si estos pensionistas ejercen una actividad laboral compatible con la pensión (por mínima que sea), las ganancias obtenidas si estarán sujetas a IRPF, ya que se consideran rentas del trabajo.

En definitiva, las personas beneficiarias de una pensión de incapacidad permanente absoluta y gran invalidez están exentas de tributar el IRPF correspondientes a 2021, siempre que todos sus ingresos procedan de la pensión en cuestión.

Incapacidad permanente total

En el caso de la incapacidad permanente total, la retención del IRPF si es obligatoria. No obstante, debemos tener en cuenta que a efectos de la Declaración de la Renta, todo pensionista de esta condición tiene reconocido al menos un 33% de discapacidad. Ese 33% de discapacidad supone que el mínimo personal y familiar aumenta en 3.000 euros más.

Para la persona que desconozca este dato, el mínimo es la cantidad que no se somete a impuesto y por la cual no se debe declarar ante la Agencia Tributaria. En este sentido, un pensionista de incapacidad permanente total contará en 2022 con un mínimo personal y familiar de 8.550 euros en relación a la Declaración de la Renta del Ejercicio 2021.

Esta normativa quiere decir que solo se pagan impuestos por los ingresos que exceden de ese mínimo establecido. Por tanto, los beneficiarios de una pensión de incapacidad permanente total pagan menos de IRPF por su prestación.

Incapacidad permanente parcial

Finalmente, los profesionales de ‘CampmanyAbogados‘ explican que la pensión de incapacidad permanente parcial es una indemnización única a tanto alzado. Esta situación permite continuar ejerciendo la misma actividad laboral y pagar el IRPF, tanto por la actividad laboral, como por la indemnización recibida.

La normativa considera dicha indemnización como una renta del trabajo. Así, el porcentaje de IRPF está determinado por lo cobrado durante ese año. Si bien, permite una reducción en algunos casos de hasta el 30%.

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