Pensión SOVI: qué es y quién puede acogerse

SOVI es el Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez que se pagaba en España desde 1939 hasta 1967, cuando se comenzó a cotizar en la Seguridad Social

Pensión paga extra pensión SOVI

Pensión paga extra

Aunque por muchos es desconocido, desde el 1939, en España, existe la pensión Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI). Esta prestación es un régimen residual que se aplica a aquellos trabajadores y sus derechohabientes. Estos deben de reunir los requisitos exigidos por la legislación del extinguido régimen, no tengan derecho a pensión del actual Sistema de la Seguridad Social, con excepción de las pensiones de viudedad de las que puedan ser beneficiarios.

Al principio de su existencia, SOVI se ocupaba de prestaciones de vejez, donde se incluía jubilación y viudedad. Esta pensión cubría las situaciones de jubilación e incapacidad permanente. Además, incluía el derecho de la mujer a acceder a la pensión del trabajador fallecido.

Aunque en 1967 se quedó en desuso. Fue entonces cuando los trabajadores comenzaron a cotizar en la Seguridad Social. Desde entonces, el SOVI se convierte en un régimen residual, que va extinguiendo con el fallecimiento del titular.

Es por ello que cada vez son menos personas las que hayan cotizado antes de la fechas señalada, quedando en la actualidad menos de 279.000 pensiones del SOVI en España.

La publicación de la Ley 9/2005, de 6 de junio, para compatibilizar las pensiones del SOVI con las pensiones de viudedad del Sistema de la Seguridad Social (BOE 07/06), ha permitido flexibilizar el estricto régimen de incompatibilidades al que estaban sometidas las pensiones de dicho régimen.

Dentro de su acción protectora, están incluidas las pensiones siguientes:

Vejez

Para obtener la pensión SOVI por vejez hay que cumplir los siguientes requisitos:

Invalidez

Para obtener la pensión SOVI por invalidez hay que cumplir las siguientes características:

Viudedad

Este es el caso más complejo, puesto que nos encontramos con varios tipos, teniendo cada uno requisitos diferentes.

Causante pensionista del SOVI con fallecimiento anterior a 1-1-67:

Causante pensionista del SOVI con fallecimiento posterior a 31-12-66:

Causante no pensionista del SOVI:

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