El Gobierno de España habilita dos pensiones no contributivas para todos los ciudadanos. Hablamos de la pensión no contributiva de jubilación y la pensión no contributiva de invalidez, cuya gestión de ambas recae en el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO).
La pensión no contributiva de jubilación está destinada a las personas que no han cotizado lo suficiente durante su vida laboral para acceder a una pensión contributiva de jubilación. Además, también se debe cumplir con todos los requisitos del IMSERSO.
Por su parte, la pensión no contributiva de invalidez es un tipo de pensión dirigida a personas con discapacidad y que cuentan con carencia de rentas mensuales. Igualmente, también es obligatorio el cumplimiento de otras condiciones básicas.
PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA DE JUBILACIÓN
Desde el IMSERSO explican que «la pensión no contributiva de jubilación asegura a todos los ciudadanos mayores de 65 años y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva».
Para acceder a este tipo de pensión de jubilación no es necesario cumplir ningún requisito de cotización. Sin embargo, es obligatorio reunir las siguientes condiciones:
- Tener 65 años o más.
- Residir en España de manera habitual. Es necesario haber residido en España durante un periodo de diez años, durante un periodo que va desde la fecha del cumplimiento de 16 años hasta el devengo de la pensión.
- Tener carencia de rentas. El IMSERSO considera que en 2023 existe carencia de rentas cuando la persona beneficiaria tiene ingresos mensuales inferiores a 6.784,54 euros anuales.
En caso de que la persona beneficiaria conviva con más personas en la unidad de convivencia, aumentará el límite de carencia de rentas para tener derecho a la pensión no contributiva de jubilación.
PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA DE INVALIDEZ
Por su parte, desde el IMSERSO argumentan que «la pensión no contributiva de invalidez asegura a todos los ciudadanos en situación de invalidez y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva».
Al igual que ocurre con la pensión no contributiva de jubilación, para cobrar la pensión no contributiva de invalidez, el IMSERSO también exige el cumplimiento de requisitos básicos:
- Tener reconocida una discapacidad igual o superior al 65%.
- Tener entre 18 y 65 años de edad.
- Residencia legal en España. En este caso, es necesario residir en territorio español y haberlo hecho durante un periodo de cinco años. Dos de estos años deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.
Del mismo modo, también es necesario cumplir un requisito de carencia de rentas. En este caso, también se considera que existe carencia de rentas cuando los ingresos son inferiores a 6.784,54 euros al año.
SOLICITUD Y CUANTÍA
Cada año, el Gobierno de España establece el importe anual a recibir por las pensiones no contributivas de jubilación e invalidez. En 2023, la cuantía de la pensión no contributiva es de 484 euros al mes y 6.784 euros al año.
Desde el IMSERSO informan que «la gestión y reconocimiento del derecho a percibir una pensión no contributiva se realiza por las Comunidades Autónomas que tienen transferidas las funciones y servicios del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso). En las ciudades autónomas de Ceuta y de Melilla se hace directamente por el Imserso».
De esta forma, la solicitud de las pensiones no contributivas puede realizarse en las correspondientes oficinas de los Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas, oficinas del IMSERSO o en cualquier oficina de la Seguridad Social.