Ya puedes recibir una pensión no contributiva si no has cotizado más de estos años

La pensión no contributiva de jubilación se puede percibir incluso sin haber cotizado nunca a la Seguridad Social durante la vida laboral

Pensión no contributiva de jubilación del IMSERSO./ Licencia Adobe Stock

La Seguridad Social contempla una pensión no contributiva (PNC) de jubilación para aquellos ciudadanos que no han cotizado lo suficiente como para tener derecho a percibir una pensión contributiva de jubilación.

Para tener derecho a cobrar una pensión contributiva de jubilación en España, es necesario haber cotizado a la Seguridad Social durante, al menos, 15 años. Además, dos de esos años obligatorios deben haberse completado en los 15 años inmediatamente anteriores a la jubilación.

En cualquier caso, para tener derecho a cobrar una pensión no contributiva de jubilación también es necesario cumplir con otros requisitos básicos. Eso sí, se puede cobrar sin ni siquiera haber cotizado nunca a la Seguridad Social.

COBRAR PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA DE JUBILACIÓN

La gestión de la pensión no contributiva de jubilación recae sobre el IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales). Se trata de un organismo dependiente de la Seguridad Social.

Pensión no contributiva de jubilación del IMSERSO
Pensión no contributiva de jubilación del IMSERSO./ Licencia Adobe Stock

Desde el IMSERSO explican que «la pensión no contributiva de jubilación asegura a todos los ciudadanos mayores de 65 años y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva«.

Es decir, se trata de una pensión de jubilación específica dirigida a las personas mayores de 65 años, que se encuentran en situación de vulnerabilidad y que no han cotizado lo suficiente para percibir una pensión contributiva de jubilación.

Eso sí, hay que tener en cuenta que el importe de la pensión no contributiva de jubilación es considerablemente inferior al que se percibiría por una pensión contributiva de jubilación.

En 2023, la cuantía de la pensión no contributiva de jubilación es de 484,61 euros al mes. Al devengarse en 14 pagas al año, corresponde una cuantía anual de 6.784,54 euros. Desde el IMSERSO aclaran que «la cuantía individual actualizada para cada pensionista se establece a partir del citado importe y en función del número de beneficiarios que vivan en el mismo domicilio, de sus rentas personales y/o de las de su unidad económica de convivencia, no pudiendo ser la cuantía inferior a la mínima del 25% de la establecida».

REQUISITOS Y OBLIGACIONES

Con todo ello, para tener derecho a la pensión no contributiva de jubilación es obligatorio tener, al menos, 65 años de edad. También es necesario residir en territorio español y haberlo hecho durante diez años, en el periodo entre los 16 años y el devengo de la pensión.

Otro requisito clave es acreditar que existe carencia de rentas. Para el IMSERSO, en 2023, existe carencia de rentas cuando los ingresos netos anuales de la persona beneficiaria es de 6.784,54 euros. Este límite de ingresos puede ser superior en función del número de personas que convivan en la unidad de convivencia.

Así, los profesionales de la Seguridad Social señalan que «la solicitud de PNC podrá presentarse en las oficinas de los Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas, del IMSERSO o en cualquier otra de la Seguridad Social, en las que se facilitará el impreso correspondiente, o por correo».

En este sentido, las personas que hayan solicitado la pensión no contributiva de jubilación tienen la obligación de comunicar a la entidad gestora cualquier cambio que afecta al reconocimiento de la pensión. También es necesario presentar en el primer trimestre de cada año la Declaración de la Renta, para certificar que se sigue cumpliendo el requisito de rentas.

Finalmente, los expertos de BBVA recuerdan que «la pensión no contributiva de jubilación es incompatible con las pensiones no contributivas de invalidez, con las pensiones asistenciales y con los subsidios de garantía de Ingresos mínimos y por Ayuda de tercera persona».

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