La pensión de viudedad es un tipo de pensión contributiva que se destina a las personas que han mantenido un vínculo matrimonial o han sido pareja de hecho con la persona fallecida. Para tener derecho a cobrar una pensión de viudedad, es obligatorio cumplir con una serie de requisitos.
Así, la pensión contributiva de viudedad es un tipo de pensión que se puede percibir durante toda la vida. Sin embargo, existen diferentes circunstancias que pueden ocasionar la extinción del derecho a percibir esta pensión.
¿Qué pasa con la pensión de viudedad al tener una nueva pareja?
Una persona beneficiaria de una pensión de viudedad puede volver a tener pareja sin que ello suponga ningún inconveniente para el cobro de la propia prestación. El problema surge cuando la persona perceptora de la pensión de viudedad contrae un nuevo matrimonio o formaliza una nueva pareja de hecho.
Por lo general, la pensión de viudedad se pierde cuando la persona beneficiaria contrae un nuevo matrimonio o formaliza una nueva pareja de hecho, salvo en las siguientes excepciones:
- Que la persona beneficiaria de la pensión de viudedad tenga 61 años o más.
- Que la persona beneficiaria de la prestación de viudedad tenga reconocida una discapacidad igual o superior al 65%, independientemente de su edad.
- Que sea también perceptora de una pensión de incapacidad permanente.
- Que la prestación de viudedad sea la única fuente de ingresos o, al menos, el 75% de sus ingresos anuales.
- Que los ingresos anuales juntos con los de su nueva pareja no superen el doble del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente.
Puede darse el caso que la nueva pareja fallezca más adelante y también genere el derecho a una pensión de viudedad. En ese caso, la persona viuda solamente podrá cobrar una de las dos pensiones.
También existen otras razones por las que se puede perder la pensión de viudedad, aunque son menos habituales. Por ejemplo, los profesionales de la OCU (Organización de Consumidores y Usuarios) indican que «por ejemplo, que se demuestre que el viudo fue culpable de la muerte del causante de la pensión, o que éste reaparezca cuando se le había dado por muerto o desaparecido».
Cuantía de la pensión de viudedad
El elemento central de la cuantía de la pensión de viudedad es el porcentaje de la base reguladora del fallecido. En este caso, la pensión será más elevada cuando más alto fuese el salario de la persona fallecida.
La cuantía de la prestación de viudedad, generalmente, es equivalente al 52% de la base reguladora de la persona fallecida. Sin embargo, este porcentaje puede ser superior en función de las circunstancias de la persona beneficiaria.
Además, desde la OCU aclaran que «si el fallecido era pensionista, se toma la base reguladora que sirvió en su día para calcular su pensión de jubilación, pero añadiéndose las revalorizaciones que hubiera experimentado esa cantidad desde la fecha en que se concedió la pensión original».
Así, la pensión de viudedad forma parte de las pensiones contributivas, por lo que la cuantía de este tipo de prestación se ha revalorizado en un 2,8% con respecto al año anterior. Además, el Gobierno de España también ha aplicado una subida adicional para las cuantías de las pensiones mínimas de viudedad.
Es decir, las personas beneficiarias de una pensión de viudedad reciben una cuantía en 2025 superior a la que percibían en el año anterior. Todo ello, tras aplicarse una revalorización en función del IPC interanual.