Cuando hablamos de la pensión de jubilación contributiva, que gestiona la Seguridad Social, debemos de tener en cuenta que la cuantía que vamos a percibir va a depender de dos elementos claves, como son los años que ha cotizado el trabajador y su base de cotización.
La Seguridad Social ha aumentado la edad de jubilación en 2025, siendo fijada en 66 años y 8 meses para las personas que tienen menos de 38 años y tres meses. Para las personas que han cotizado más de ese periodo, la edad para acceder a la jubilación es de 65 años. Para acceder a la pensión de jubilación contributiva una persona como mínimo debe de haber cotizado 15 años, de los cuales al menos dos deberán estar comprendidos dentro de los quince años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.
Cuantía de la pensión en 2025 si has cotizado 20 años
Desde la Seguridad Social apuntan que la «cuantía de la pensión se determina aplicando a la base reguladora el porcentaje general que corresponda en función de los años cotizados y, en su caso, el porcentaje adicional por prolongación de la vida laboral, cuando se acceda a la jubilación con una edad superior a la ordinaria vigente en cada momento y el coeficiente reductor que corresponda».
Como hemos visto, para acceder a la pensión de jubilación, como mínimo la persona debe de haber cotizado 15 años, siendo en ese momento el porcentaje de la base reguladora que se percibe del 50%. Dicho porcentaje va aumentando un 3% por cada año adicional comprendido entre el decimosexto y el vigésimo quinto y un 2% a partir del vigésimo sexto hasta alcanzar el 100% a los 35 años. De esta manera, si una persona se jubila con 20 años cotizados en 2025, lo tendrá que hacer como mínimo a los 66 años y 8 meses y tendrá un 65% de la base reguladora.
Por lo tanto, si una persona tiene una base reguladora de 1200 euros y se jubila con 20 años cotizados, su cuantía a percibir va a ser de 780 euros.
Requisitos para acceder a la pensión contributiva de jubilación en 2025
La prestación económica por jubilación, incluida en todos los regímenes del sistema de la Seguridad Social, trata de sustituir las rentas del trabajo por una pensión vitalicia, única e imprescriptible, cuando el trabajador a causa de la edad cesa total o parcialmente en su actividad laboral. En este sentido, se podrán beneficiar todas las personas incluidas en cualquier régimen de la Seguridad Social, afiliadas, que reúnan los requisitos establecidos de edad, período mínimo de cotización y hecho causante.
Para acceder a esta prestación, se deben de cumplir una serie de requisitos, entre los que encontramos:
- Edad: Tener cumplida la edad ordinaria, salvo excepciones, como es el caso de la jubilación anticipada o la jubilación anticipada por discapacidad.
- Período mínimo de cotización: Quince años, de los cuales al menos dos deberán estar comprendidos dentro de los quince años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.
- Hecho causante:
- Trabajadores en alta: El día del cese en la actividad.
- Trabajadores asimilados al alta: el día de presentación de la solicitud excepto, en excedencia forzosa, el día del cese en el cargo y en el caso de traslado fuera del territorio nacional, el día del cese en el trabajo.
- Trabajadores en no alta: El día de presentación de la solicitud.
Para más información puedes consultar la web de la Seguridad Social, donde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones recoge todo lo relativo a la pensión de jubilación.