Cuando una persona se encuentra en situación de dependencia, debe de tener en cuenta que puede estar pendiente de una revisión del grado de dependencia, que se suele realizar cuando se han producido cambios en la situación de la persona afectada.
Desde la Generalitat de Catalunya señalan que «la dependencia es el estado en el qué se encuentran las personas que, por edad, enfermedad o discapacidad, han perdido su autonomía física, mental, intelectual o sensorial. Por este motivo, necesitan de atención y ayuda de otra persona (cuidador/a) para realizar actividades de la vida diaria. El reconocimiento sirve para optar a prestaciones económicas y de servicios».
Para que se produzca la revisión del grado de dependencia deben de haberse producido cambios (de mejora o empeoramiento) en la situación de dependencia que se han mantenido durante un mínimo de seis meses y que un profesional médico haya aplicado nuevas medidas terapéuticas.
Los expertos aseguran que la revisión del grado de dependencia se puede llevar a cabo cuando se han producido cambios (de mejora o empeoramiento) en la situación de dependencia que se han mantenido durante un mínimo de seis meses y un/a profesional médico haya aplicado nuevas medidas terapéuticas.
Pasos para conseguir la revisión del grado de dependencia
Desde la Generalitat de Cataluña señalan que la persona que quiera conseguir la revisión del grado de dependencia deberá de cumplir con una serie de requisitos:
- Presentas la solicitud, que valorará los Servicios de valoración de la dependencia (SEVAD).
- Un/a profesional de estos servicios te llamará para acordar día y hora para visitarte en casa o centro en el qué estás ingresado/a. Si no pueden contactarte por teléfono, recibirás una carta en la que se te pedirá que te pongas en contacto con los Servicios de valoración de la dependencia (SEVAD). Para más información sobre el proceso de valoración consulta la página del Departamento de Derechos Sociales.
- Los Servicios de valoración de la dependencia (SEVAD) emitirán la resolución de revisión de la situación de dependencia, en la qué se determinará el grado de dependencia.
Documentación a presentar
A la hora de explicar toda la documentación que se debe de presentar a la hora de solicitar la revisión del grado de dependencia debemos de diferenciar entre una documentación obligatoria y otra que no lo es.
Dentro de la documentación obligatoria que tienen que presentar las personas solicitantes debemos de destacar el informe de salud original en el qué constan:
- La identificación de la persona solicitante (nombre y apellidos).
- Los diagnósticos de salud de los 2 últimos años.
- Las personas técnicas sanitarias de tu centro de atención primaria (médico/a, enfermero/a, pediatra/a u otros especialistas) deben formalizar, firmar y fechar el informe de salud. Sin embargo, debes tener en cuenta las siguientes situaciones:
- Si estás en una residencia, centro sociosanitario o en un centro de la red de la discapacidad: debes solicitarlo a los servicios médicos del centro.
- Si estás en un centro de la red de salud mental: debes solicitarlo al psiquiatra/a o a los servicios médicos del centro.
Después, existe una documentación que no es obligatoria pero si es conveniente presentar, como es el caso de la declaración responsable, que debe ser cumplimentada y firmada. Dicho documento aparece en el formulario de solicitud. Además, debemos de tener en cuenta que esta declaración responsable sirve para realizar el cálculo de tu capacidad económica. Los datos que se recogen son sobre la renta, sobre el patrimonio, datos de las personas a cargo de la persona solicitante y otros datos (sobre la vivienda habitual y pago de anualidades por alimentos).
Por último, vemos que si la persona actúa en nombre de la persona solicitante, deberá de presentar acreditación de la representación legal, DNI o NIE vigente y la resolución judicial, en caso de incapacitación y acta de aceptación de tutela.