Las administraciones se adaptan a los nuevos tiempos y a las demandas sociales, de modo que, cada vez, es mas usual poder hacer trámites en estos órganos públicos de manera telemática, es decir, sin necesidad de acudir presencialmente a una oficina. De esta manera, bien de forma autónoma o con la colaboración de un operador, se pueden hacer las gestiones pertinentes de cada persona a través de una llamada, una videollamada o, bien, mediante el uso de Certificado Digital, DNI electrónico o la Cl@ve PIN, algo cada vez más exigido por las instituciones públicas para evitar actos fraudulentos o delictivos en internet, con el objetivo de proteger datos sensibles de los ciudadanos.
De esta forma, entre las gestiones que se pueden realizar de manera online, destaca la solicitud para inscribirse como demandante de una prestación contributiva por desempleo. Cuando un trabajador finaliza su contrato y vuelve a la situación de desempleo, debe apuntarse al paro para evitar situaciones de asfixia económica y vulnerabilidad ante el encarecimiento de los productos de la cesta de la compra, un hecho que ase acentúa ante la escasez o la falta de ingresos derivados de la actividad laboral.
Solicitud de pensión contributiva por desempleo online
De acuerdo con el Ministerio de Trabajo y Economía Social, para solicitar una prestación contributiva a través de Internet se necesita tener certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña cl@ve, además de estar inscrito o inscrita como demandante de empleo en el servicio de empleo autonómico o si resides en Ceuta o Melilla, en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Por tanto, este organismo público atenderá las necesidades de cada persona vía telemática, además de poder recibir información sobre nuevos subsidios y ayudas para diferentes colectivos.
A continuación, una vez que el usuario se ha identificado, se deberá acceder a la sede electrónica del SEPE, y dentro del apartado «Procedimientos y servicios electrónicos«, clicando en «Personas«, y dentro de este apartado seleccionando el enlace «Solicite y reconozca su prestación contributiva«. Llegados a este punto del proceso, se muestra una «Guía de uso» de la aplicación y un «Videoguía para solicitar la prestación contributiva«. Por otro lado, también puedes formalizar una solicitud provisional de acceso a la protección por desempleo enviando el formulario de presolicitud que se recoge en la propia página web oficial de la Seguridad Social. Finalmente, y en caso de ser necesario, el SEPE se pondrá en contacto contigo por teléfono o por correo electrónico para completar la información o requerir documentación indispensable.
Requisitos para acceder a esta prestación por internet
- Estar afiliada o afiliado y en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social en un régimen que contemple la contingencia por desempleo.
- Encontrarse en situación legal de desempleo, estar disponible para buscar activamente empleo y para aceptar una colocación adecuada. La solicitud incluye el acuerdo de actividad.
- Estar inscrito o inscrita y mantener la inscripción como demandante de empleo durante todo el periodo en que se percibe la prestación.
- Haber trabajado y cotizado a desempleo al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar
- En el caso de la persona emigrante retornada que cotizó al desempleo en España antes de emigrar, deberá tener cubierto un periodo mínimo de cotización de 360 días dentro de los 6 años anteriores a la fecha de emigración, siempre que no hayan sido computados para el nacimiento de un derecho anterior. Además, no deberá estar percibiendo la prestación por desempleo en ningún otro Estado del Espacio Económico Europeo o Suiza.
- Si es persona trabajadora eventual agraria que, inmediatamente antes, figuró de alta en Seguridad Social dentro del colectivo de trabajadores autónomos o por cuenta propia, el período mínimo de cotización necesario para el acceso a la prestación por desempleo será de 720 días.
- No haber cumplido la edad ordinaria para jubilarse.
- No realizar una actividad por cuenta propia o trabajo por cuenta ajena a tiempo completo, salvo que sea posible la compatibilidad si lo establece un programa de fomento de empleo.
- No cobrar una pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo.