Hay ocasiones en las que una persona está cobrando el paro tras encontrarse en situación de desempleo, y tienen la duda de que es lo que ocurre si sufres una incapacidad temporal. En este artículo vamos a ver que es lo que explica la Seguridad Social y el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) si una persona se encuentra en esta situación.
La Seguridad Social define la incapacidad temporal como la situación de una persona trabajadora mientras se encuentra imposibilitado temporalmente para trabajar y recibe asistencia sanitaria de la Seguridad Social. Durante este periodo se puede percibir un subsidio diario que cubre la pérdida de rentas por las causas indicadas. Este proceso de incapacidad temporal se puede iniciar por 4 motivos:
- Por enfermedad común o accidente no laboral, desde el 4 día de la baja
- Por accidente de trabajo o enfermedad profesional y en las situaciones especiales de incapacidad temporal debidas a la interrupción del embarazo o a la gestión de la mujer trabajadora desde el día siguiente al de la baja.
- En caso de la situación especial de incapacidad temporal por menstruación incapacitante secundaria, desde el primer día de baja.
Esto es lo que le va a pasar si estás cobrando el paro y sufres una incapacidad temporal
Desde el SEPE aseguran que si una persona esta recibiendo la prestación contributiva del desempleo, conocido como paro, y sufre una incapacidad temporal, continuará recibiendo mensualmente su prestación económica y efectuando las cotizaciones a la Seguridad Social mientras le dure dicha prestación contributiva, que seguirá manteniendo la misma duración.
«No deberás realizar ninguna gestión ante el SEPE cuando te encuentres en situación de incapacidad temporal, pues será el INSS el que se encargará de ello. Sin embargo, si tu baja médica es anterior al día 1 de enero de 2022, deberás continuar entregando en tu oficina de prestaciones (oficina de empleo en el caso de Ceuta y Melilla) los partes de confirmación, y el alta médica, cuando ésta tenga lugar», aseguran desde el SEPE.
Además, señalan que cuando la situación de incapacidad temporal no procede de una recaída anterior de una incapacidad anterior iniciada durante la vigencia de un contrato de trabajo, si continúas en esta situación cuando termine el periodo de prestación contributiva, seguirás percibiendo la prestación por incapacidad temporal, con un importe igual al 80% del indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM) mensual. Para ello deberás acudir al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y solicitar el pago de la prestación por incapacidad temporal.
¿Cómo solicitar el paro a través del SEPE?
En este sentido el SEPE, ofrece la posibilidad de solicitar el paro a través de una web habilitada para ello, de carácter oficial. Es decir, para pedir una prestación contributiva por desempleo vía internet mediante el Servicio Público Estatal de Empleo.
Primeramente, para solicitar el paro a través de Internet, deberás contar con un certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña cl@ave. Además, el interesado debe estar inscrito como demandante de empleo en el servicio de empleo autonómico. En caso de residir en las ciudades autónomas de Ceuta o Melilla tendrá que estar inscrito en el SEPE.
Una vez que estés en la sede electrónica, debemos de tener en cuenta que se nos exigirá una documentación pertinente, entre la que se incluye:
- Datos personales del solicitante
- Dónde hemos trabajado
- Durante cuánto tiempo hemos trabajado
- Datos de nuestro domicilio
- Hijos a cargo del demandante (en caso de tenerlos)
- Número de cuenta bancaria para el abono de la prestación
Para más información puedes visitar la web del SEPE.