El Parlamento andaluz aprueba la reforma de la Ley andaluza de Atención a persona con discapacidad

El Parlamento andaluz aprueba la reforma de la Ley andaluza de Atención a persona con discapacidad / Foto: Rocío Ruiz (Europapress)

El Parlamento andaluz aprueba la reforma de la Ley andaluza de Atención a persona con discapacidad

También se ha modificado el uso indebido de las tarjetas de aparcamiento para personas con movilidad reducida

Este miércoles el Pleno del Parlamento andaluz ha aprobado por unanimidad de los diputados presentes (107) el proyecto ley por el que se modifica la Ley 4/2017 de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía. La aprobación de esta reforma quedó pendiente en la anterior legislatura al disolverse la Cámara andaluza para las elecciones autonómicas que se celebraron el pasado 19 de junio de 2022.

El objetivo de la reforma, según se explicó ante el Pleno del Parlamento la consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, Loles López, es garantizar al colectivo de personas con discapacidad la accesibilidad en las estaciones de servicio de combustibles y carburantes.

Con la aprobación de la ley también se amplía el régimen sancionador por el mal uso de tarjetas de aparcamiento para personas con movilidad reducida, una acción que cada vez es más frecuente y que se quiere evitar.

¿Cuáles son las novedades en la reforma de la ley andaluza?

La nueva ley establece que las instalaciones en las que se pongan a la venta combustibles y carburantes a través de máquinas expendedoras o suministradoras automáticas, deberán contar con personal debidamente cualificado para atender a las personas con discapacidad.

Así, con la modificación realizada, se determina que este tipo de instalaciones deberán cumplir en todos los casos los parámetros de accesibilidad previstos en la normativa UNE 170001-1 y 170001-2 (accesibilidad universal) o normativa de accesibilidad europea equivalente. También deberán cumplir con los criterios de la norma UNE 139801:2003.

Con respecto a los horarios, deberan contar en el horario diurno (entre las 7:00 y las 22:00 horas) con una persona responsable que atienda las necesidades de las personas que puedan presentar alguna dificultad para acceder al servicio especificado.

Procurando que se respete lo establecido en el ordenamiento jurídico español, y sin vulnerar los derechos de las personas con discapacidad que este otorga, Procurando que se respete lo establecido en el ordenamiento jurídico español, y sin vulnerar los derechos de las personas con discapacidad que este otorga», ha justificado el Gobierno andaluz en la exposición de motivos para explicar que se modifica el artículo 50.3 con una redacción que justifica la necesidad de personal si no se cumplen con los requisitos de accesibilidad en los servicios.

El uso indebido de las tarjetas de aparcamiento para personas con movilidad reducida

Igualmente, se ha establecido en la nueva ley la modificación del régimen sancionador en materia de infracciones por el uso indebido de las tarjetas de estacionamiento para personas con movilidad reducida. De esta forma se pretende ‘evitar que todo el peso de las sanciones recaiga sobre las personas titulares, dejando impune la conducta de terceras personas que, en la mayoría de los casos, acaban siendo las responsables«.

Esta tarjeta es personal e intransferible, por lo que está prohibida su cesión a terceras personas o su uso si el titular no es transportado en el vehículo.

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