«Si usted tiene 52 años o más y ha agotado la prestación o subsidio por desempleo, conozca cuáles son los requisitos que debe cumplir y la información necesaria para solicitar un subsidio por desempleo de mayor de 52 años«, así de tajante se muestra el Servicio Público de Empleo (SEPE) cuando se le pregunta por el subsidio para mayores de dicha edad. ¿Pero sabes si dicha prestación da acceso a las famosas pagas extra?
Entre los requisitos de esta ayuda que garantia el SEPE, se encuentra que las personas trabajadoras fijas discontinuas no pueden acceder cuando su fecha de hecho causante sea anterior al 2 de marzo de 2022.
Por otro lado, las personas deben tener 52 años o más en la fecha en que se cumplan los requisitos para acceder al subsidio por encontrarse en alguno de los siguientes supuestos:
- Haber agotado la prestación contributiva o el subsidio por desempleo.
- Ser emigrante que ha retornado a España (debe haber trabajado en el extranjero como mínimo 12 meses en los últimos seis años, desde su última salida de España).
- Ser liberado o liberada de prisión sin derecho a prestación contributiva por desempleo, cuando la privación de libertad hubiera sido por tiempo superior a 6 meses.
- Haber sido declarado o declarada plenamente capaz o persona con incapacidad permanente parcial como consecuencia de un expediente de revisión por mejoría de una situación de gran invalidez, incapacidad permanente absoluta o incapacidad permanente total para la profesión habitual.
- Estar en situación legal de desempleo y no tener derecho a prestación contributiva por desempleo, habiendo cotizado por desempleo, al menos, entre 90 y 359 días.
¿Cuál es la duración y la cuantía del subsidio por desempleo para mayores de 52 años?
Según subraya la Seguridad Social, la duración de esta prestación dependerá de la edad ordinaria de la persona que vaya a solicitar la ayuda.
Dicha edad debe llegar a la que da derecho a la pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social. Otro caso aparte es la cuantía.
En lo que se refiere a dicha cuantía, es igual al 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM). De momento, esa cifra llega a los 463,21 euros mensuales.
¿Y qué pasa con las pagas extra en el subsidio por desempleo para mayores de 52 años?
Lo cierto es que el SEPE aclara que no se abonan pagas extra ni en la prestación contributiva, el paro de toda la vida, ni en el subsidio por desempleo.
Por lo que queda más que clara la cuestión acerca de la postura de la administración en esta ayuda concreta que cuentan con unos requisitos que se pueden ver en la página web de la Seguridad Social.
A fin de cuentas, no hay prestación del Servicio Público de Empleo (SEPE) que permita las pagas extra, algo que cambia en las pensiones de la Seguridad Social.