Confiar nuestro dinero a uno o varios bancos es lo más habitual hoy en día. Estas entidades financieras, cuentan con el beneplácito de casi toda la población para ser los que custodien y muevan nuestro dinero en función del servicio o servicios financieros que contratemos. No obstante, encontrar la empresa que mejor nos atienda, no es tarea fácil.
A menudo, a la hora de abrir una cuenta bancaria se abren muchas dudas. ¿Cuánto nos costará?, ¿Pagaremos intereses?, ¿Qué beneficios tengo por domiciliar la nómina?, ¿En qué servicios me ofrecen invertir mi dinero? Con estas y otras dudas, solemos vagar de una a otra entidad en busca de la que nos ofrezcan mayores beneficios a mejores precios.
Sin embargo, hay una duda que quizás de preguntárnosla más a menudo, no tendríamos nuestro dinero en el banco. Y es que, ¿Qué ocurriría con nuestro dinero si el banco se declara en bancarrota? De pensar más conscientemente en esto, tendríamos más dinero ‘debajo del colchón’. De hecho, hay quien lo tiene, pues no existe ninguna prohibición al respecto. Esto significa, que tenemos nuestro dinero en el banco porque así lo decidimos.
Pero volviendo a la pregunta, cabe señalar, que hay un elemento básico que hay que tener en cuenta. Aunque un banco no es más que una empresa privada, tiene mucho más impacto que cualquier otro negocio de este tipo. Es decir, si un supermercado se hunde, posiblemente otro similar ocuparía su mercado sin más consecuencias para el consumidor. Sin embargo, en el caso de los bancos es bien distinto.
QUÉ OCURRE CON EL DINERO SI UN BANCO SE DECLARA EN BANCARROTA
Como hemos señalado, un banco es mucho más que una empresa privada. Al contrario de lo que ocurriría con un negocio similar, el hundimiento de un a entidad bancaria, impactaría en todo el país. ¿El motivo? Si un banco quiebra, todos sus clientes tendrían el mismo problema: Perderían todos los ahorros ahí depositados sin opción a retirar su dinero. Este hecho provocaría una reacción en cadena que afectaría a todo. Y es que si los usuarios no tienen dinero, ¿Cómo iban a afrontar el resto de pagos de su vida?
En España existe una entidad estatal para estas situaciones. Se trata del Fondo de Garantía de Depósitos (FGD), una entidad cuya misión es garantizar los ahorros u otros instrumentos financieros depositados en una entidad de crédito cuando esta no tiene capacidad para asumir los pagos y obligaciones. Es una figura que existe en todos los países de la Unión Europea y cuya existencia tiene como objetivo responder de las obligaciones ante clientes y pequeños ahorradores en caso de que la entidad entre en concurso de acreedores.
LÍMITE DE COBERTURA DE ESTA GARANTÍA
Sin embargo, la capacidad de esta entidad no es infinita. En caso de que un banco entrara en bancarrota, el Fondo de Garantía de Depósitos solo podría garantizar un máximo de 100.000 euros por titular. Es importante el matiz de ‘por titular’, pues en el caso de que en una cuenta hubiese 250.000 euros, pero tuviera dos titulares, a cada uno de ellos le corresponderían 100.000 euros.
Del mismo modo cabe señalar, que ese es el límite por titular y entidad bancaria. Es decir, que si una persona tuviese varios servicios financieros contratados en la misma entidad y esta entra en bancarrota, solo se le podría devolver con este fondo, los 100.000 euros de límite máximo establecido.