¿Qué ocurre en mi jubilación si he cotizado en varios regímenes de la Seguridad Social?

Es habitual que a las personas que han cotizado en varios regímenes durante su vida laboral le surjan dudas respecto a su jubilación

Jubilación en varios regímenes de la Seguridad Social./ Foto de Canva

En la actualidad, cada vez es más habitual que los trabajadores coticen en varios regímenes de la Seguridad Social, por lo que es un factor que influye directamente en el momento de acceder a la pensión contributiva de jubilación. No obstante, hay que tener en cuenta los requisitos para tener derecho a este tipo de pensión contributiva.

Esta situación se da principalmente en trabajadores que han cotizado durante su vida laboral al Régimen General de la Seguridad Social y al Régimen General de Trabajadores Autónomos (RETA). En este caso, hay que establecer que Régimen se encarga del pago de la pensión de jubilación o si es posible cobrar incluso dos pensiones.

Primeramente, hay que recordar que para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación en cualquier régimen de la Seguridad Social, es necesario haber cotizado durante al menos 15 años en la vida laboral; siendo dos de esos años inmediatamente anteriores al momento de la jubilación.

¿Qué régimen financia la pensión?

Para acceder a la jubilación se tienen en cuenta los periodos cotizados en todos los regímenes de la Seguridad Social y se realiza un cómputo general. Si el trabajador ha cotizado 15 años en el Régimen General y 10 en el RETA, el cómputo general cotizado será de 25 años. Este es el periodo que se utilizará para calcular la pensión contributiva que corresponde al trabajador.

Jubilación en varios regímenes de la Seguridad Social./ Foto de Canva
Jubilación en varios regímenes de la Seguridad Social./ Foto de Canva

Al respecto, los profesionales de BBVA matizan que «si las cotizaciones se han solapado en el tiempo, las que se hayan producido en el régimen por el que no se causa jubilación, podrán acumularse a las del régimen por el que se accede a la jubilación a efectos del cálculo de la base reguladora, sin que en ningún caso se pueda exceder la base máxima de cotización establecida por ley en cada momento».

La pensión de jubilación se reconocerá en el Régimen de la Seguridad Social en el que el trabajador esté de alta en el momento del hecho causante o el último en el que se produjo tales circunstancias. Eso sí, siempre que cumpla con los requisitos de acceso a la jubilación. «Si en ninguno de ellos se acreditan los requisitos necesarios, resolverá el régimen en que el interesado acredite mayor número de cotizaciones, previa totalización de todas las que acredite el interesado». explican desde la Seguridad Social.

Dos pensiones de jubilación al mismo tiempo

Por otra parte, la Seguridad Social permite cobrar dos pensiones de jubilación al mismo tiempo. Eso sí, siempre que se cumplan los requisitos de jubilación en ambos regímenes de la Seguridad Social. Es decir, es necesario cotizar un mínimo de 15 años en cada régimen durante la vida laboral.

Por otra parte, es necesario encontrarse en situación de alta o asimilada de alta en el momento de acceder a la jubilación para tener derecho a cobrar dos pensiones contributivas de estas características al mismo tiempo. Si el trabajador no se encuentra de alta en algunos de estos regímenes, debe acreditar ante la Seguridad Social que ha acreditado al menos 15 años en ambos regímenes de manera superpuesta.

Salir de la versión móvil