Si has tenido un accidente o padeces una enfermedad transitoria, es muy posible que te encuentes en una baja por incapacidad temporal. Pero, ¿Qué ocurre si estás de baja y se acaba tu contrato laboral? El SEPE aclara en su propia página web qué es lo que ocurre en esta situación y cómo se debe actuar para seguir recibiendo una cantidad de dinero mensual para no quedarse sin nada.
Eso sí, en todo momento hablaremos de lo que hay que hacer si el contrato laboral no es renovado. En el caso de que la empresa decida renovar el contrato, se seguirá cobrando la prestación por incapacidad temporal hasta el momento del alta. Una vez se tenga el alta médica, se tendrá que incorporar a su puesto de trabajo y seguir con normalidad.
Pero si el contrato se acaba y no se renueva, será importante seguir los pasos que se proponen en el SEPE para poder cobrar la prestación por desempleo una vez se acabe la incapacidad temporal.
El SEPE explica qué hacer si estás de baja y se acaba tu contrato
Si el contrato de trabajo finaliza mientras te encuentras de baja por incapacidad temporal, seguirás recibiendo la prestación económica de incapacidad temporal hasta la fecha de alta médica. Una vez se haga efectiva el alta, se podrá recibir la cuantía correspondiente a una prestación por desempleo.
Una vez que se recibe el alta médica, se tienen 15 días hábiles para solicitar la prestación. Es importante tener en cuenta que en el periodo de baja por incapacidad temporal, mientras el contrato se haya encontrado en vigor, se tiene en cuenta como período de ocupación cotizada para poder acceder a las prestaciones que facilita el SEPE.
Además, es importante tener lo siguiente en cuenta:
- Si la incapacidad temporal ha sido por contingencias comunes y le corresponde una prestación contributiva por tener más de 360 días cotizados. El tiempo que va desde el fin de la relación laboral hasta el alta médica se descontará de la duración de la prestación. Asimismo, el SEPE cotizará ese periodo por contingencias comunes hasta el final de la prestación por desempleo.
- En el caso de que la incapacidad haya sido por contingencias profesionales y se tiene derecho a una prestación contributiva, el tiempo entre el fin del contrato y el alta médica no se descontará. Asimismo, el SEPE tampoco cotizará por este periodo.
Cómo solicitar la prestación por desempleo
A pesar de que se puede acudir a una oficina física del SEPE con cita previa, hoy en día podemos solicitar la prestación por desempleo desde Internet, sin tener que movernos de casa. Para ello necesitarás tener el certificado digital, el DNI electrónico o el usuario y contraseña cl@ve. También será necesario estar inscrito como demandante de empleo.
Si dispones de estos requisitos previos tan solo tendrás que acceder a la Sede Electrónica del SEPE y acudir al apartado de ‘Procedimientos y servicios electrónicos’. Tras esto, tendrás que hacer clic en ‘Personas’ y dentro de este apartado en ‘Solicite su prestación‘.
Con esto podrás tramitar tanto la prestación por desempleo como el resto de prestaciones o subsidios a los que tengas derecho por tu situación.