En España, cualquier ciudadano puede obtener una pensión de incapacidad permanente o un determinado grado de discapacidad a causa de una hernia discal. Así, hay que tener en cuenta que la discapacidad y la incapacidad permanente no son lo mismo.
Desde la Clínica Universidad de Navarra argumentan que «la hernia discal es una enfermedad en la que parte del disco intervertebral (núcleo pulposo) se desplaza hacia la raíz nerviosa, la presiona y produce un intenso dolor. Si la herniación es voluminosa y comprime todos los nervios que encuentra, puede producir lo que se llama un síndrome de cauda equina o de cola de caballo, lo cual resulta una urgencia quirúrgica».
Hablamos de un tipo de patología que puede tener efectos considerables en la vida de las personas que conviven con ella. Del mismo modo, también puede tener consecuencias en el ámbito laboral.
DISCAPACIDAD POR HERNIA DISCAL
En España, se considera que una persona tiene discapacidad cuando cuenta con un certificado de discapacidad oficial igual o superior al 33%. A partir de este porcentaje de discapacidad, el ciudadano tiene derecho a acceder a diferentes beneficios sociales y fiscales.
Por su parte, para tener derecho a una pensión no contributiva de invalidez del IMSERSO, como mínimo es necesario tener reconocida una discapacidad del 65%.
Antes de hablar de las posibles pensiones de incapacidad permanente, es necesario destacar que la hernia discal se encuentra incluida en el baremo de discapacidad vigente. Este baremo regula el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad de una persona en función de su situación.
Para establecer el grado de discapacidad por hernia discal, se deben analizar los siguientes factores:
- Capacidad para desenvolverse en las actividades más básicas de la vida cotidiana.
- Limitaciones de la persona en su entorno real y potenciales problemas que pueden surgir en su vida diaria.
- Si existe dependencia de terceros.
- Presencia de movilidad reducida.
- Factores personales y/o externos.
Los expertos de ‘CampmanyAbogados’ señalan que «los servicios sociales de las comunidades autónomas son quienes conceden el grado de discapacidad a los solicitantes, analizando y sumando los distintos resultados·.
INCAPACIDAD PERMANENTE POR HERNIA DISCAL
La incapacidad permanente, por su parte, está relacionada directamente con la afectación que provoca una enfermedad o accidente en el desarrollo de la actividad laboral de la persona.
Una incapacidad permanente puede ser de diferente grado: parcial, total, absoluta y gran invalidez. Estos grados de invalidez se diferencian, principalmente, por las posibilidades de compatibilidad laboral y la cuantía de pensión a percibir.
Así, desde ‘CampmanyAbogados’ manifiestan que «una persona se considera en situación de incapacidad permanente cuando, después de haber recibido el tratamiento médico prescrito, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves y previsiblemente definitivas que disminuyen o anulan su capacidad para desempeñar un trabajo. Y la primera consecuencia de tener asignada una incapacidad es cobrar una pensión, la cual puede ser, según el caso, muy cuantiosa».
En este sentido, los trabajadores pueden cobrar una pensión de incapacidad permanente en España por motivo de una hernia discal. Especialmente, cuando esta patología genera dolor, entumecimiento y debilidad.
Además, una hernia discal también puede derivar en un ‘nervio pinzado’ o radiculopatía. Ante este tipo de situaciones, si no desaparece con el tiempo, puede ocasionar importantes impedimentos en el desarrollo de una actividad laboral.
El organismo encargado de otorgar una incapacidad permanente por hernia discal u otro motivo es el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). En última instancia, el trabajador también puede acudir a la Justicia para obtener una pensión de invalidez de estas características.