Obligaciones de los pensionistas perceptores de una pensión no contributiva de jubilación

Las personas perceptoras de una pensión no contributiva de jubilación también adquieren ciertas obligaciones con la Administración

Obligaciones con la pensión no contributiva de jubilación./ Licencia Adobe Stock

Cobrar una pensión no contributiva de jubilación requiere el cumplimiento de diversos requisitos por parte de la persona solicitante. Es cierto que no son requisitos tan exigentes como los necesarios para cobrar una pensión contributiva de jubilación.

Por ejemplo, en el caso de la pensión no contributiva de jubilación no es necesario haber cotizado a la Seguridad Social para su percepción. Se trata de un tipo de pensión de jubilación específica gestionada por el IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales).

Así, desde el IMSERSO manifiestan que «la pensión no contributiva de jubilación asegura a todos los ciudadanos mayores de 65 años y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva»

CARACTERÍSTICAS DE LA PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA

Hay que tener en cuenta que la pensión no contributiva de jubilación ofrece a los ciudadanos una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica y servicios sociales complementarios.

Obligaciones con la pensión no contributiva de jubilación
Obligaciones con la pensión no contributiva de jubilación./ Licencia Adobe Stock

Por todo ello, aunque no se exijan requisitos de cotización, sí que es necesario el cumplimiento de las siguientes condiciones:

Cuando la unidad de convivencia está conformada por más personas, en el requisito de carencia de rentas, el límite de ingresos es mayor. Así, se debe tener en cuenta el cómputo de ingresos de todos los integrantes.

Por otra parte, las personas beneficiarias de una pensión no contributiva de jubilación también pueden cobrar un complemento adicional de 525 euros al año. Este complemento está destinado a los pensionistas no contributivos de jubilación que carezcan de una vivienda en propiedad y residan habitualmente en un inmueble de alquiler.

OBLIGACIONES DE LOS PENSIONISTAS

Las personas perceptoras de una pensión no contributiva de jubilación deben cumplir dos obligaciones, principalmente, con la Administración. En primer lugar, debe comunicar al IMSERSO cualquier variación en el número de personas en la unidad de convivencia y modificaciones en sus ingresos.

Esta comunicación hacia la Administración se debe realizar en un plazo de 30 días hábiles desde la fecha en que tengan lugar dichos cambios. De esta forma, la persona beneficiaria de la pensión no contributiva deberá presentar la documentación que acredite los correspondientes cambios.

Además, los pensionistas de pensión no contributiva de jubilación deben presentar cada año una declaración de ingresos y convivientes. Con esta declaración anual se debe certificar que se sigue cumpliendo el requisito de carencia de rentas.

Desde el IMSERSO aclaran que «el incumplimiento de la obligación de presentar la declaración anual en el plazo indicado da lugar a la suspensión del pago de la pensión. La rehabilitación del pago únicamente se producirá cuando se presente la declaración anual y se acredite que continúa reuniendo los requisitos legalmente establecidos para mantener el derecho a la pensión de jubilación, con una retroactividad máxima de 90 días naturales a contar desde la fecha en que se presente la declaración y se acredite que reúne todos los requisitos exigidos».

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