En España si hablamos de la Ley de Dependencia debemos acudir al Boletín Oficial del Estado (BOE), donde se encuentra la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, donde se recoge todo lo relativo a la dependencia en nuestro país. El Instituto de Mayores y Servicios Sociales, conocido como IMSERSO, es el organismo que se encarga de la gestión de Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD).
En primer lugar, vamos a definir que es la dependencia, que según el BOE es «el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal».
Nuevos cambios en el reconocimiento de la dependencia
Vamos a comenzar destacando que si hablamos del reconocimiento de la dependencia, debemos de tener en cuenta que el IMSERSO delega la gestión de la dependencia en los distintos Órganos Gestores de las Comunidades Autónomas y Direcciones Territoriales del IMSERSO, que es donde comenzará el procedimiento para solicitar la dependencia.
Una vez realizada la valoración del solicitante, la Administración Autonómica o Dirección Territorial del IMSERSO emitirá resolución en la que se determinarán los servicios y prestaciones que correspondan al solicitante en atención a su grado de dependencia; esta resolución tendrá validez en todo el territorio del Estado. Sobre el reconocimiento de la dependencia debemos de tener en cuenta que el procedimiento se inicia a instancia de la persona interesada pudiéndose solicitar en cualquier momento en la Comunidad Autónoma en la que tenga fijada su residencia.
Debemos de tener en cuenta que el procedimiento de reconocimiento del derecho a las prestaciones de dependencia se iniciará a instancia de la persona que pueda estar afectada por algún grado de dependencia o de quien ostente su representación.
En concreto pueden solicitar el reconocimiento de la situación de dependencia las personas que se hallen dentro de alguno de los siguientes colectivos:
- Españolas/es: tanto las/os de origen como por residencia.
- Extranjeras/os: que residan legalmente en España.
- Menores de edad: personas españolas o extranjeras que tengan menos de 18 de años. Si tienen menos de 5, la residencia se exige a quién ejerza su guarda y custodia.
- Personas emigrantes retornadas.
Por ejemplo, si queremos solicitar la situación de dependencia en Madrid, debemos de cumplir una serie de requisitos, entre los que encontramos que la persona debe residir en la Comunidad de Madrid en la fecha en que presentes la solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia; en el caso de los menores de 5 años, los padres, tutores o personas que tengan la guardia y custodia deben vivir de forma legal en España los últimos; y por último, deben de ser españoles y personas extranjeras que viven legalmente en España, y lo hayan hecho durante 5 años, 2 de ellos inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud (a excepción de los emigrantes retornados).
La reforma de la Ley de Dependencia
El pasado mes de febrero, el Consejo de Ministros del Gobierno de España, liderado por Pedro Sánchez, daba luz verde a la reforma de dos leyes, como son la Ley de promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia y la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social.
En este sentido, la idea del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 es implantar «un nuevo enfoque que garantice vidas dignas en todas las etapas del ciclo vital, promoviendo el derecho a la vida independiente y a la autonomía personal».
Una de las medidas que se van a llevar a cabo en este procedimiento pasa por que se va a crear una pasarela directa para reconocer una discapacidad del 33% a quien se le conceda cualquier grado de dependencia, prohibirá la discriminación por discapacidad en los seguros y garantizará la accesibilidad universal como derecho.