El pasado mes de noviembre entró en vigor la nueva reforma del subsidio por desempleo. Así, se han producido cambios importantes en el subsidio por cotización insuficiente, cuya gestión recae en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). A partir de ahora, las personas en paro recibirán una mensualidad con una cuantía mayor.
Concretamente, el subsidio por cotización insuficiente está dirigido a las personas que no han cotizado lo suficiente para tener derecho a percibir la prestación contributiva por desempleo. Sin embargo, es obligatorio cumplir ciertos requisitos de cotización para su percepción.
Requisitos del nuevo subsidio por cotización insuficiente del SEPE
Desde el SEPE explican que «podrás beneficiarte de este subsidio si eres persona desempleada que te encuentras en situación legal de desempleo sin tener cubierto al menos 360 días cotizados para tener derecho a la prestación contributiva, siempre que hayas cotizado al menos 90 días».
Con todo ello, estos son los requisitos que se deben cumplir para tener derecho a cobrar el subsidio por cotización insuficiente del SEPE:
- Estar en situación de desempleo o trabajando a tiempo parcial.
- Haber cotizado un mínimo de 90 días (tres meses) a la Seguridad Social y menos de 365 días.
- Estar inscrito como demandante de empleo y mantener la inscripción durante todo el periodo de percepción del subsidio.
- Suscribir el compromiso de actividad.
- No tener derecho a cobrar la prestación contributiva por desempleo.
- Carecer de rentas propias o, alternativamente, acreditar responsabilidades familiares.
Además, desde el SEPE aclaran que «podrás acceder a este subsidio si mantienes uno o varios contratos a tiempo parcial, siempre que la suma de las jornadas trabajadas en dichos contratos sea inferior a una jornada completa y cumplas el resto de requisitos».
La reforma del subsidio por desempleo ha provocado ciertas modificaciones en los requisitos exigidos para tener derecho al subsidio por cotización insuficiente del SEPE. Así lo recuerdan desde el Gobierno de España.
Nueva cuantía del subsidio por cotización insuficiente
La duración máxima del subsidio por cotización insuficiente del SEPE depende del periodo de ocupación cotizado y de la presencia o no de responsabilidades familiares. En la siguiente tabla podrá observar la duración máxima del subsidio por desempleo en función de los factores descritos anteriormente:
Periodo mínimo de ocupación cotizada | Acreditación de responsabilidades familiares | Duración máxima del subsidio |
90 días | No | 3 meses |
120 días | No | 4 meses |
150 días | No | 5 meses |
180 días | Sí | 21 meses |
Antes de la entrada en vigor de la reforma, la cuantía del subsidio por cotización insuficiente era equivalente al 80% del IPREM (Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples) vigente. Es decir, un importe de 480 euros al mes.
Con la nueva reforma, la cuantía del subsidio por cotización insuficiente del SEPE queda de la siguiente manera:
- Una cuantía equivalente al 95% del IPREM (570 euros al mes) durante los primeros seis meses de percepción.
- Una cuantía del 90% del IPREM (540 euros al mes) durante los seis meses posteriores.
- Un importe del 80% del IPREM durante el resto de duración del subsidio.
Como conclusión, los profesionales del SEPE recuerdan que «el pago del subsidio se realizará por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente al que corresponda el devengo. Se efectuará, salvo excepciones, mediante el abono en la cuenta de la entidad financiera que indiques, siempre que seas titular de la misma».
La solicitud del subsidio por cotización insuficiente, en caso de cumplir con los requisitos, se puede realizar a través de la Sede Electrónica del SEPE, por correo administrativo, oficina de prestaciones o cualquier oficina de registro público.