El Gobierno de España aprobó el pasado 11 de febrero de 2025 una nueva subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Esta medida no solo afecta al salario de los trabajadores que menos cobran en España, sino que también tiene otras implicaciones importantes.
En concreto, se ha acordado una subida del 4,4% del Salario Mínimo Interprofesional, en comparación con el año anterior. Sin embargo, por primera vez, Hacienda no ajustará el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) con el aumento del SMI.
¿Cuánto sube el SMI en 2025?
La subida del 4,4% provoca que el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en España se sitúe en 1.184 euros brutos al mes en 2025. Del mismo modo, se establece en 16.576 euros brutos anuales.
El SMI diario en 2025 alcanza los 39,47 euros; mientras que el SMI para empleadas del hogar por hora efectivamente trabajada llega a los 9,26 euros. Esta subida supone un beneficio importante para todos aquellos trabajadores que en España perciben el Salario Mínimo Interprofesional.
En términos generales, el importe del SMI ha subido en 2025 un total de 50 euros mensuales con respecto al año 2024. De este modo, supone un aumento de 700 euros al año. Sin embargo, este incremento no será tal en todos los casos.
Al respecto, los expertos de BBVA advierten que «el Consejo de Ministros finalmente ha descartado alinear el umbral de rendimientos sujetos a IRPF con el nuevo incremento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), lo que obligará a algunos perceptores del SMI a tributar. El incremento del SMI habitualmente se acompaña de una modificación legal para permitir que los contribuyentes que cobran hasta ese umbral de ingresos, que supone el SMI, estén exentos del pago de IRPF».
Es decir, el Salario Mínimo Interprofesional se sitúa en 2025 en 16.576 euros anuales. Sin embargo, las exenciones en el IRPF se mantendrán hasta un umbral de 15.876 euros.
Salario inembargable tras la subida del SMI
Ningún trabajador en España puede cobrar un salario inferior al SMI estipulado, que en 2025 se establece en 1.184 euros brutos al mes. Además, el incremento del Salario Mínimo Interprofesional también tiene implicaciones en otros ámbitos de interés para los ciudadanos.
Hay que recordar que la Ley de Enjuiciamiento Civil establece un límite específico en las cuantías inembargables. Estos límites se aplican para los salarios de los trabajadores, para pensiones y para prestaciones.
En este sentido, el primer tramo de salario hasta los 1.184 euros al mes es inembargable, ya que se corresponde con el nuevo SMI en 2025. Es decir, si un trabajador sufre un embargo en su nómina, el importe embargado será a partir de dicha cantidad.
Si un trabajador mantiene determinadas deudas con una Administración, es posible embargarle una parte de su salario. Sin embargo, es necesario que el trabajador cuente con unos ingresos mínimos mensuales para poder subsistir. Estos límites de ingresos inembargables quedan marcados por el Salario Mínimo Interprofesional.
Finalmente, los abogados profesionales de ‘CampmanyAbogados’ añaden que «otra consecuencia de la subida del SMI es la afectación directa a las indemnizaciones del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), así como también al acceso a la justicia gratuita. Este último punto viene determinado por los ingresos de la persona que solicita un abogado de oficio, pudiendo este aumento del SMI restringir ese derecho a menos ciudadanos».