La Agencia Tributaria ha implementado un nuevo beneficio fiscal que permitirá a miles de familias en España acceder a una deducción de hasta 2.550 euros en su Declaración de la Renta. Esta medida, impulsada en el marco de la política de apoyo a la dependencia y el envejecimiento activo, busca aliviar la carga económica de quienes conviven con ascendientes mayores de 65 años, facilitando así el cuidado de las personas mayores en el entorno familiar.
Este incentivo fiscal se enmarca dentro de las iniciativas promovidas por el Ministerio de Hacienda y Función Pública, que pretende reconocer el papel fundamental de los cuidadores familiares y proporcionar un alivio económico a los hogares que asumen la responsabilidad del cuidado de sus mayores.
¿En qué consiste este nuevo beneficio fiscal?
El incentivo permite deducir en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) una cantidad significativa en función de la edad del familiar conviviente:
- Deducción de 1.150 euros: Aplicable por cada ascendiente mayor de 65 años que resida en el mismo domicilio que el contribuyente.
- Deducción adicional de 1.400 euros: Si el ascendiente tiene más de 75 años, la deducción total se incrementa hasta 2.550 euros.
Esta deducción es especialmente relevante en un contexto donde el envejecimiento de la población supone un desafío creciente para el sistema de bienestar social y las familias, muchas de las cuales asumen el rol de cuidadores no profesionales.
Requisitos para acceder a la deducción
Para beneficiarse de este incentivo fiscal, es necesario cumplir con ciertos criterios establecidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT):
- Convivencia obligatoria: El ascendiente debe haber residido en el domicilio del contribuyente durante al menos la mitad del año fiscal. Sin embargo, en casos de personas mayores con discapacidad, si se encuentran internadas en centros especializados, se considerará cumplido este requisito.
- Límite de ingresos: Los ingresos anuales del ascendiente no deben superar los 8.000 euros, sin contar aquellas rentas que estén exentas de tributación.
- Declaración conjunta o individual: En declaraciones conjuntas, la deducción solo será aplicable en determinadas circunstancias. No obstante, si uno de los cónyuges es mayor de 65 años, se podrá aplicar un incremento en el mínimo del contribuyente.
Deducciones adicionales para familias con ascendientes con discapacidad
Además del beneficio fiscal por edad, aquellas familias que convivan con un familiar con discapacidad reconocida del 33% o superior podrán acceder a deducciones adicionales en función del grado de discapacidad:
- Discapacidad del 33% al 65%: Deducción adicional de 3.000 euros.
- Discapacidad superior al 65%: Deducción de hasta 9.000 euros anuales.
Estas medidas forman parte de las iniciativas del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para garantizar mayor protección económica a las familias que se encargan del cuidado de personas en situación de dependencia o con necesidades especiales.
Un impulso para la economía familiar y el bienestar de los mayores
El nuevo beneficio fiscal se suma a otras ayudas disponibles para el cuidado de personas mayores, como las prestaciones económicas gestionadas por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) o los programas de dependencia de las comunidades autónomas.
Con esta iniciativa, el Gobierno de España busca fortalecer el apoyo a las familias y fomentar la convivencia intergeneracional, promoviendo alternativas que favorezcan el bienestar de los mayores sin que el cuidado recaiga exclusivamente en el sistema público.
Se recomienda a los contribuyentes revisar su situación fiscal y asegurarse de cumplir con los requisitos antes de presentar la Declaración de la Renta 2025. Para más información, se puede consultar la web oficial de la Agencia Tributaria o acudir a un asesor fiscal especializado.