En España es bastante común pagar facturas mediante domiciliación bancaria, especialmente para suministros básicos del hogar como la luz y el agua ya que así nos ahorra el tiempo de ir a pagarlo personalmente. Pero ahora, el Banco de España ha emitido un aviso dirigido a todos aquellos que utilizan este método de pago para sus facturas.
En este contexto, el Banco de España recuerda que los españoles tienen el derecho de devolver puntualmente ciertos recibos si así lo consideran necesario, ya sea porque haya un error o por cualquier otro motivo que tienen que arreglar. Pero esta acción también puede tener sus consecuencias.
El Banco de España avisa de las consecuencias negativas al devolver un recibo
Como hemos comentado, el Banco de España ha explicado que, llevar a cabo esta acción puede acarrear graves consecuencias para el usuario.
Si no se explican adecuadamente los motivos a las entidades, existe el riesgo de que las compañías de luz, agua o telefonía interpreten la situación como una renuncia a los servicios y decidan cortar el suministro.
Si se efectúa una devolución de la factura a un organismo público, las consecuencias pueden incluir la pérdida de subvenciones que estemos recibiendo o la aplicación de recargos.
Requisitos para poder devolver un recibo en el banco
Según explica el Banco de España, para solicitar la devolución de un recibo previamente autorizado, se deben cumplir dos requisitos:
- El usuario debe no tener información sobre el cargo realizado.
- No debe haber recibido un recibo después de varios pagos de una cantidad superior a la habitual.
Para evitar problemas relacionados con la devolución del recibo, el Banco de España recomienda indicar claramente el motivo de la devolución. «La normativa de servicios de pago establece el derecho del cliente a solicitar la devolución de los recibos o adeudos domiciliados, y la entidad está obligada a atender esta solicitud», señalan desde la entidad pública.
Según la normativa, los plazos para que los usuarios soliciten la devolución de los recibos varían entre ocho semanas y trece meses, dependiendo de si los cargos realizados contaban con una autorización previa. Además, si el cargo no está autorizado, el banco tiene un plazo de 10 días hábiles para devolver el importe cobrado o, en su defecto, justificar el recibo.