Nuevo aumento de la edad mínima de jubilación anticipada voluntaria en 2025

En 2025 se producirá un nuevo aumento de la edad mínima de jubilación anticipada voluntaria, tal y como recoge la normativa actual

Aumento en la edad mínima de jubilación anticipada voluntaria./ Licencia Adobe Stock

La edad mínima de jubilación anticipada voluntaria volverá a subir en 2025. Se trata de una medida que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2025, y que afectará a todas las personas que deseen adelantar su jubilación por ‘motu proprio’.

Este aumento de la edad mínima de jubilación anticipada voluntaria se produce a causa de la nueva subida que se producirá en la edad ordinaria de jubilación en España. Del mismo modo, también tendrá lugar un incremento en el número de años de cotización exigidos.

Nueva edad de jubilación anticipada voluntaria en 2025

Actualmente, la edad de jubilación ordinaria en España es de 65 años para las personas con una cotización igual o superior a 38 años. Del mismo modo, la edad de jubilación ordinaria es de 66 años y seis meses para las personas con una cotización inferior a 38 años.

Aumento en la edad mínima de jubilación anticipada voluntaria
Aumento en la edad mínima de jubilación anticipada voluntaria./ Licencia Adobe Stock

Hay que tener en cuenta que la jubilación anticipada voluntaria permite adelantar como máximo en dos años la edad de jubilación ordinaria. Así, en 2024, la edad mínima de jubilación anticipada voluntaria es de 64 años y seis meses para las personas con una cotización inferior a 38 años; y de 63 años para las personas con una cotización igual o superior a 38 años.

A partir del 1 de enero de 2025 se producirá un aumento en la edad de jubilación ordinaria. Una subida que también se verá reflejada en la edad mínima de jubilación anticipada voluntaria.

En concreto, en 2025, la edad de jubilación ordinaria será de 66 años y ocho meses para las personas con una cotización inferior a 38 años y tres meses. Igualmente, será de 65 años para las personas con una cotización igual o superior a 38 años y tres meses.

Respecto a la edad mínima de jubilación anticipada voluntaria, en 2025, será de 64 años y ocho meses para las personas con una cotización por debajo de 38 años y tres meses a la Seguridad Social. De la misma forma, será de 63 años para las personas con una cotización igual o superior a 38 años.

Claves de la jubilación anticipada voluntaria

Las personas que hayan cotizado igual o más de 38 años, podrán jubilarse anticipadamente de forma voluntaria en el año 2025 con 63 años. Si han cotizado menos de 38 años, la edad mínima de jubilación anticipada voluntaria en 2025 será de 64 años y ocho meses.

Desde BBVA informan que «se trata de una modalidad de jubilación muy demanda por los españoles, ya sea en algunos casos por anhelar el descanso anticipado y la calidad de vida después de una larga carrera laboral o bien, en otros casos, porque han sido expulsados anticipadamente del mercado laboral y no reúnen los requisitos para acceder a la jubilación anticipada no voluntaria o forzosa, por lo que se ven forzados a acogerse a esta modalidad de jubilación anticipada».

La jubilación anticipada voluntaria permite a los ciudadanos retirarse de la vida laboral antes de cumplir la edad ordinaria de jubilación correspondiente. Sin embargo, este hecho tiene consecuencias importantes. En concreto, hay que tener en cuenta las penalizaciones que aplica la Seguridad Social por la jubilación anticipada voluntaria.

En 2024, la Seguridad Social aplica una penalización máxima de un 21% en caso de adelantar dos años la edad de jubilación y tener menos de 38 años y seis meses cotizados. Si bien, aplica un coeficiente reductor del 2,81% como mínimo en caso de adelantar un mes la jubilación y tener más de 44 años y seis meses cotizados a la Seguridad Social.

Por tanto, las penalizaciones en la pensión contributiva dependen del número de meses de adelanto de la jubilación y el número de años cotizados por el trabajador a la Seguridad Social durante su vida laboral.

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