Hasta hace tan solo unos meses, en la Comunidad Valenciana, tan solo 10 personas se beneficiaban de la ayuda de un “asistente personal. Ahora, gracias a esta nueva aprobación del pasado 15 de enero, se inculcará esta medida en 68.000 personas con discapacidad.
Este colectivo llevaba años reclamando una regulación justa y digna para todos, pero ¿Quién puede solicitar esta prestación? Todas las personas con discapacidad funcional que hayan sido valoradas con cualquiera de los grados de dependencia (I,II, O III) y que tengan entre 3 y 64 años.
Además, deben disponer de un Programa Individual de Atención (PIA) y tener capacidad para determinar los servicios que requieran. «Los únicos que quedan excluidos de esta ayuda son las personas mayores que son dependientes, pero no por ser personas con discapacidad. Si viven en una residencia o vivienda tutelada, tampoco, lo que no significa que haya tres personas con discapacidad que alquilen un piso y vaya cada uno con su asistente personal. Esta figura es clave para la autonomía y hemos hecho un gran esfuerzo para regularla con diversas entidades implicadas, además de ampliar las cuantías y las horas de contratación», explica la secretaria autonómica de Servicios Sociales y Autonomía Personal, Helena Ferrando.
Esta nueva ayuda pasa de 2.100 euros a 2.350 euros de máximo, pero que varía en función de los grados y las horas contratadas por cada familia. La cuantía máxima para usuarios con grados II y III es la misma para ambos, sin embargo, para quien cuente con un grado I o niveles 1 o 2, la ayuda es de 300 euros.
«El tiempo dedicado a las tareas personales y domésticas o de higiene no superarán el 30 % de las horas porque el asistente personal no es una persona contratada para las labores domésticas. Para eso hay otras ayudas. Se entiende que deben cubrir tareas como vestirse o levantarse de la cama, afeitarse… si así lo desea el usuario, claro, pero su trabajo no será ese. Su trabajo serán labores de acompañamiento, gestiones fuera del hogar, transporte… Se trata de que realicen las tareas que le mande su contratador, en función de lo que necesite pero no se centra en un trabajo de cuidados, es algo diferente porque no se trata de que ‘hagan cosas por él’ sino de que él mande lo que precisa. Y en el caso de menores, sus padres o tutores, claro», explica Ferrando,
«Esta ayuda significa que las familias tendrán una nueva herramienta para la independencia de sus hijos y para poder trabajar porque son muchas las mujeres (hablamos en femenino) que dejan su trabajo para ocuparse de la persona con dependencia. Este asistente personal puede acompañar al joven a la universidad, al niño con TEA (Trastorno del Espectro Autista) a la terapia… Y una cosa a destacar es que se respeta la decisión del usuario. Por ejemplo, si un chaval va con su madre a la universidad pero no quiere entrar en una clase… Su madre lo obligará seguro. Pero eso no ocurre con el asistente personal. La persona con discapacidad es la que manda porque el asistente personal es la persona que él ha contratado para que le ayude», explica la secretaria autonómica.