A diferencia de quienes eligen la jubilación demorada, que ofrece incentivos en la pensión, hay trabajadores en España que optan por la jubilación anticipada voluntaria. No obstante, las condiciones para obtener la pensión se están volviendo más estrictas de cara a 2025. Esto implica que el próximo año no solo aumentará la edad legal para la jubilación ordinaria, sino también la edad para acceder a la jubilación anticipada voluntaria.
Es importante considerar el contexto establecido en la Ley 27/2011, de 1 de agosto, que trata sobre la actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social. Según esta normativa, se incrementa progresivamente la edad de jubilación de los 65 a los 67 años. Además, el número de años de cotización requeridos para recibir la pensión completa también se eleva gradualmente. En resumen, para acceder a la pensión completa, se pasa de necesitar 35 años de cotización a 37 años.
Nueva edad de jubilación anticipada a partir de 2025
En 2025, la única manera de jubilarse a los 63 años y recibir la pensión completa es cotizar al menos 38 años y tres meses, según las normativas de la Seguridad Social. Esta condición asegura el acceso a la totalidad de la base reguladora en dicha situación. En cambio, si se ha cotizado menos de 38 años y tres meses, la edad mínima para la jubilación será de 66 años y 8 meses.
La Seguridad Social aplica coeficientes reductores para la jubilación anticipada anticipada voluntaria. En el caso de adelantar la jubilación en 24 meses y se tiene menos de 38 años y 6 meses cotizados, el porcentaje de la pensión se reduce en un 21%, que es el máximo establecido para esta modalidad. En cuanto a la jubilación anticipada involuntaria, los coeficientes pueden variar entre el 0,5% y el 30%.
Edad de jubilación a los 63 años en 2024
En el año 2024 hay dos opciones principales de jubilación anticipada en España. En primer lugar, la jubilación anticipada voluntaria permite retirarse hasta 24 meses antes de la edad legal ordinaria, es decir, a partir de los 63 años, siempre y cuando se hayan cotizado al menos 38 años. Si la cotización es inferior a este mínimo, la edad de jubilación anticipada voluntaria se establece en los 64 años y 6 meses.
Por otro lado, la jubilación anticipada involuntaria o forzosa permite adelantar la edad de retiro hasta 48 meses, es decir, a partir de los 61 años si se han cotizado al menos 38 años, o a los 62 años y 6 meses si la cotización es menor.
Es importante destacar que para acceder a la jubilación anticipada voluntaria, es necesario haber cotizado un mínimo de 35 años, de los cuales al menos dos deben estar comprendidos en los últimos 15 años previos al acceso a la jubilación.