El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) tiene a su disposición una ayuda para los menores de 45 años que pueden llegar a cobrar durante dos meses. Se trata de un subsidio que se concede a las personas sin trabajo que ya han agotado la prestación contributiva por desempleo o paro, o no cumplen los requisitos para acceder a este. No obstante, hay otro requisito fundamental que deben cumplir: tener familia a su cargo. Pues es una de las premisas que el SEPE impone para acceder a esta ayuda.
Muestra de la importancia de este último requisito, es que la ayuda se llama ‘subsidio por agotamiento de la prestación contributiva con responsabilidades familiares’, también conocida como ‘ayuda familiar’. Una prestación económica de 480 euros al mes que se concede en principio durante seis meses. Sin embargo, el beneficiario tiene derecho a varias prórrogas si sigue cumpliendo los requisitos, hasta completar los dos años recibiendo esta ayuda. Es decir, se puede prorrogar hasta en cuatro ocasiones.
Cabe recordar, que el pasado mes de enero la Ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, intentó sacar adelante una reforma de los subsidios por desempleo que fue derogada en el Congreso de los Diputados. Entre otras cuestiones, dicha reforma de la ley contemplaba especialmente cambios para los subsidiarios menores de 45 años. Concretamente, el objetivo era equiparar las condiciones de acceso a un subsidio tras haber agotado el paro, de las personas que tienen más de esas edad.
En el mismo sentido y con objeto de beneficiar a las personas de dicha franja de edad, también se propuso que este subsidio se cobrase sin la necesidad de cumplir el requisito de tener familiares a su cargo, por ser un factor discriminatorio hoy en día. Por otra parte, posibilitaba a que el SEPE concediese dicha ayuda a las personas cuyos ingresos no alcanzasen como mínimo lo equivalente al 75 por ciento del salario mínimo. Sin embargo, las nuevas medidas propuestas no se pondrán en marcha hasta que haya consenso entre el Gobierno de España y los agentes sociales.
Nueva ayuda del SEPE para los menores de 45 años
Hasta que salga adelante la nueva modificación, el subsidio disponible por el SEPE para los menores de 45 años, es lo que se conoce comúnmente como ‘ayuda familiar’. En definitiva, los requisitos para acceder a esta ayuda son las personas que hayan agotado el paro, que tengan familia a su cargo y que carezcan de ingresos. También pueden tener derecho a este subsidios aquellas personas en situación de desempleo que no tienen derecho a paro por no haber cotizado al menos 360 días, pero que tienen cargas familiares y han cotizado un mínimo de 90 días.
Pero, ¿Qué significa tener cargas familiares? En este sentido, el SEPE indica que son las personas que tienen un cónyuge o algún hijo a su cargo. En caso de los hijos, este puede ser natural o adoptado, pero menor de 26 años. Solo en el caso de contar con alguna discapacidad, este podría ser mayor. También cuenta como requisito si el solicitante tiene a su cargo a algún menor acogido que vivan o dependa económicamente de él.
Rentas de las que puede disponer el solicitante
En cuanto a las rentas, el solicitante a esta ayuda del SEPE debe acreditar que no cuenta con ingresos superiores a la cuantía del 75 por ciento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Es decir, la suma de los ingresos de todos los miembros de su familia, dividida entre las personas que la componen, no puede superar dicha cantidad. Esto significa, que la unidad familiar no puede contar con más de 850,50 euros de ingresos mensuales. Cabe recordar, que el SMI en 2024 es de 1.134 euros, por lo que el 75 por ciento serían los 850,50 euros.