Un testamento es un documento legal que una persona realiza en vida, y en el que recoge su voluntad expresa sobre el destino y reparto de sus bienes tras su fallecimiento. En este sentido, son muchas las ventajas que ofrece el hecho de hacer testamento.
Los expertos de ‘Català Reinón’ explican que el testamento es «un acto personal, libre y revocable, es decir que existe la posibilidad de volver a ser redactado de nuevo por el otorgante». Este documento se podrá modificar tantas veces como el testador desee, aunque solamente tendrá validez la última variación aplicada.
¿Cuándo no se puede hacer testamento?
La legislación española determina que cualquier persona mayor de 14 años tiene potestad para otorgar un testamento ante notario. Si bien, no existe un límite máximo de edad hasta el que se puede suscribir este documento.
Sin embargo, el único requisito legal para hacer un testamento es que la persona testadora se encuentre en sus plenas facultades mentales a la hora de suscribirlo. Si se demuestra que el testador no se encontraba en su sano juicio en el momento de la firma, es posible que un juez anule la validez del testamento.
Por tanto, ese sería el único requisito imprescindible para poder realizar un testamento en España. Si bien, existen diferentes circunstancias que pueden provocar la nulidad del testamento tras el fallecimiento del testador, más allá del motivo expuesto en el párrafo anterior.
Entre otras cosas, un testamento se puede anular por demostrar que el testador firmó el documento bajo presión o coacciones. También debido a errores de forma o que el documento recoja elementos que van contra la legislación. Todos estos aspectos se establecen en el Código Civil español.
Así, los profesionales de ‘Català Reinón’, aclaran que «en el caso de querer hacer un testamento ológrafo es decir escrito a puño y letra; y por lo tanto sin ir al notario, el requisito de edad asciende hasta los 18 años».
Ventajas de realizar un testamento
El principal motivo por el que se suele hacer un testamento es por dejar clara las últimas voluntades antes del fallecimiento de una persona. Sin embargo, suscribir este documento también comprende otras ventajas básicas:
- Evitar conflictos familiares entre los herederos.
- Nombrar a herederos legales, más allá de los correspondientes herederos forzosos.
- Repartir los bienes de la herencia en base a su criterio, pero respetando los límites que marca la legislación.
- Dejar el usufructo vitalicio de todos los bienes al cónyuge.
- Desheredar a un hijo y/o heredero forzoso, debido a uno de los motivos que comprende la Ley.
- Nombrar a un representante legal que se haga cargo de un hijo menor de edad.
No hacer testamento puede tener importantes consecuencias. La principal consecuencia es que los herederos se designarán en función de lo que se recoge en el Código Civil español. Además, los trámites a realizar suelen ser más complejos y largos.
Si una persona fallece sin haber hecho testamento y sin tener herederos forzosos, su herencia puede pasar a manos del Estado. Este es otro de los grandes inconvenientes de no suscribir este documento básico en vida.
Además, el precio de realizar testamento suele ser asequible, aunque puede variar en función de cada región y de las características del documento en cuestión. En Madrid, hacer un testamento en vida suele tener un precio que oscila entre 40 y 60 euros.