Notarios informan: Los trabajadores autónomos podrán obtener copias autorizadas de documentos sin ir a la notaría

Los autónomos pueden ya llevar a cabo multitud de gestiones notariales necesarias para su ejercicio de forma online y sin necesidad de acudir a una notaría

Los autónomos pueden solicitar documentación a la notaría de forma online

Los autónomos pueden solicitar documentación a la notaría de forma online

Los trabajadores autónomos ya pueden obtener copias autorizadas de documentos sin ir a la notaría. Y es que gracias a la Ley 11/2023, de creación del protocolo electrónico notarial, que entró en vigor el pasado 9 de noviembre, es posible solicitar documentos de forma telemática, además de llevar a cabo algunos trámites para los que antes era imprescindible acudir al notario.

De este modo, la persona que lo necesite podrá seleccionar de forma telemática al notario con el que quiera trabajar, localizar a uno concreto al que deba solicitar determinados documentos e incluso mantener contacto de manera online con aquel que vaya a firmar cualquier tipo de escritura. De este modo, desde el Consejo General del Notariado calculan que un año, podrían solicitarse de esta forma más de 13 millones de copias electrónicas.

Este cambio de paradigma en el mundo notarial, va a suponer un ahorro de tiempo tanto para el profesional notario, así como para aquellos autónomos que de otra forma, tendrían que pedir cita y desplazarse hasta el lugar para poder obtener cualquier documento. De este modo, es incluso posible que la notaría envía al organismo pertinente la documentación, sin que el empresario tenga que moverse.

Así pues, esta nueva ley viene a ocupar un espacio que muchos reclamaban como necesario. Pues era el ámbito notarial, de los pocos que no habían dado el salto a la era telemática en un mundo, donde casi cualquier trámite es ya posible hacerlo de manera online. No obstante y para los más escépticos, este cambio llega habiendo tomado toda las medidas de seguridad que este trabajo requiere.

LOS AUTÓNOMOS PODRÁN CONSEGUIR SUS DOCUMENTOS SIN IR AL NOTARIO

La digitalización de muchos servicios notariales ha llegado para facilitar el trabajo a autónomos y demás personas que requieran de algunos de estos servicios. Tal y como indica el presidente del Consejo General del Notariado, José Ángel Martínez Sanchiz, «Los servicios digitales son una opción para los ciudadanos y las empresas. Los notarios seguirán prestando mayoritariamente sus servicios en persona en las casi 3.000 notarias que tienen repartidas por todo el país, evitando cualquier brecha digital».

Del mismo modo, ha asegurado que «La prestación de un servicio, de calidad, ágil y cercano, con las máximas garantías de seguridad y protección jurídica, sigue siendo el principal objetivo de los notarios. El legislador ha optado por la prudencia, reconociendo el valor del servicio notarial en persona». De esta forma, refuerza el trabajo presencial de los notarios, así como asegura que su traslado a la era telemática, se ha hecho de forma concienciada y segura.

SERVICIOS NOTARIALES ONLINE

Además de localizar notarios, y solicitar copias autorizadas de forma telemática, este nuevo panorama que se ha abierto por parte de los notarios de España, ofrece muchos más servicios de los que empresarios, autónomos y clientes en general, pueden beneficiarse desde ya. Pues esta opción es una realidad desde el pasado 9 de noviembre.

De este modo, la web oficial del Consejo General del Notariado asegura que estos profesionales, también podrán prestar de forma online, algunos servicios notariales, como la constitución de sociedades. De tal forma, que dan respuestas a las exigencias de la Unión Europea, para permitir que cualquier ciudadano pueda constituir una sociedad limitada en otro país miembro sin necesidad de presencia física.

Además, este nuevo espacio ofrecerá la posibilidad de llevar a cabo videoconferencias con el notario, de tal forma que se agilicen los trámites societarios de urgencia para las empresas, o se resuelvan situaciones societarias en las que es difícil reunir presencialmente a todas las personas que habrían de estar. Ponen como ejemplo, las ampliaciones de capital, nombramiento de administradores, cambios de domicilio de sociedades, o actas de junta general.

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