Ya no será necesario acudir a un notario de manera presencial para que un trámite tenga validez legal. Y es que la ley de transposición de directivas de la UE puesta en marcha hace unos meses, incluye la digitalización de las actuaciones notariales. Esto significa, que en unos meses no será necesario personarse ante un notario para ciertas gestiones.
Entonces, ¿Cuál será la alternativa? Como en otros muchos sectores, la pandemia ha acelerado la digitalización. Del mismo modo, ahora los notarios podrán prestar servicio de manera online sin que esto suponga un deterior en la seguridad jurídica. Por tanto, las actuaciones notariales pasan a tener la opción de llevarse a cabo mediante plataformas electrónicas cualificadas.
Este paso de digitalización supondrá, según el Consejo General del Notariado, un avance enorme en los trabajos diarios. Tanto es así, que ya se estima que se podrán autorizar y firmar 3.200.000 documentos notariales al año. De este modo, para gestiones como poderes notariales, cartas de pago o pólizas mercantiles, ya no habrá que acudir al notario.
Aunque hay quien se muestra reticente ante este tipo de cambios, se ha garantizado la seguridad informática por parte del centro tecnológico del Notariado, Ancert. Por su parte, el Consejo General del Notariado será el lugar donde se depositarán los protocolos electrónicos notariales, pero solo el notario titular tendrá acceso a ellos.
TRÁMITES PARA LOS QUE YA NO TENDRÁS QUE IR AL NOTARIO
Hasta hace unos meses, acudir a un notario de manera presencial era la única opción existente para llevar a cabo cualquier trámite en el que se necesitara una actuación notarial. Sin embargo, al igual que en otro muchos sectores, la digitalización ha llegado para de forma segura, poder ofrecer servicios de manera online en alguno de los actos jurídicos.
Aunque este cambio se publicó en el BOE hace ya unos meses, se prevé que se apruebe definitivamente el próximo mes de noviembre. Llegado el momento, los actos jurídicos que los notarios podrán autorizar de manera online, son:
- La revocación de poderes, excepto los preventivos.
- Los testimonios de legitimación de firmas.
- Todos los actos societarios: desde la constitución de sociedades, al nombramiento de cargos, ceses, apoderamientos mercantiles, ampliaciones y reducciones de capital, modificaciones de estatutos, cambios de domicilio, liquidaciones, etc.
- Las pólizas mercantiles.
- Las declaraciones de obra nueva sin extinción de condominio, ni adjudicación de propiedad, y la división de la propiedad horizontal.
- La conciliación en los casos que el notario lo considere conveniente.
- Actos y negocios jurídicos para los que, conforme a su naturaleza, se establezca reglamentariamente.
- Las cartas de pago y las cancelaciones de garantías.
- Los requerimientos iniciales de las actas y aquellas diligencias que fueren susceptibles de practicarse por videoconferencia.
- Los poderes de representación procesal para la actuación ante las administraciones públicas, así como los electorales y los poderes para actos concretos.
- Los testamentos en situación de epidemia declarada mientras dure la obligación de confinamiento.
BENEFICIOS DE LA DIGITALIZACIÓN DE ESTAS ACTUACIONES
Si algo bueno dejó la pandemia, es que en muchos sectores se digitalizarán los procesos y de este modo, se agilizarán muchos trámites. Por el momento, parece que este trabajo sigue adelante y cada vez llega más espacios. Este es el caso de las actuaciones notariales, y es que en poco tiempo, un notario tendrá mucha más libertad para actuar de manera digital.
Esto significa que se agilitarán los trámites. Por lo tanto, una de las mayores ventajas de esta digitalización de las actuaciones notariales es la reducción en los plazos de algunos procesos. Pues ya no será necesario reunirse, bastará con realizar las firmas de manera online, por lo que el tiempo del proceso se reducirá.
Pero además, esta nueva medida tendrá un impacto medioambiental. Y es que la digitalización de toda la documentación que conlleva cualquier acto ante notario, conlleva un ahorro enorme de papel. Esto, además del ahorro en los transportes que ya no serán necesarios para poder firmar un documento.