Se conoce como baja laboral al periodo de tiempo estipulado para que el trabajador que sufre de enfermedad o lesión, sea por el motivo que sea, pueda recuperarse. El objetivo es proteger al trabajador para que al sufrir de alguna dolencia que le incapacite para trabajar durante ese periodo, pueda parar, con el apoyo legal pertinente, para acudir a un especialista médico y seguir el tratamiento indicado para recuperarse. Es por ello, que son los profesionales sanitarios los que tienen la potestad para expedir este tipo de bajas.
Cabe señalar, que es posible estar sin ir a trabajar hasta tres días, sin necesidad de solicitar una baja médica. Esto sucede cuando es una dolencia menor, como puede ser un resfriado, o cualquier enfermedad de la que recuperarnos en un par de días. No obstante, siempre es recomendable contar con el pertinente justificante médico. Por tanto, lo habitual es solicitar la baja médica cuando el tiempo necesario de recuperación de la enfermedad o lesión supera los tres días.
Necesidad de acceder a una baja laboral
Los profesionales médicos son los que tienen la potestad para determinar si un trabajador debe acceder a una baja laboral para recuperarse de su dolencia. Por tanto, se trata de una herramienta legal, para proteger al trabajador y que no quede desprotegido en periodos de enfermedad o lesión. Pero, ¿Significa eso que sigue cobrando? No exactamente. Sí que percibe un porcentaje de su salario habitual, y esta depende de algunas premisas.
Es lo que se conoce como incapacidad temporal. Es decir, un periodo durante el cual, el trabajador puede estar sin trabajar a causa de enfermedad o lesión, pero recibiendo parte de las rentas que suele percibir por su labor profesional. Pero, ¿Cuánto dura este tiempo? Lo cierto es que depende. En base a la enfermedad o lesión, al tratamiento o tiempo de recuperación, el facultativo considerará el periodo de baja laboral necesario.
Por tanto, la incapacidad laboral está reglada dentro de unos márgenes que deben tener en consideración factores como la dolencia que se sufre o el tratamiento necesario para recuperarse. No obstante, los médicos, durante ese periodo de baja que vayan prescribiendo, realizarán las revisiones oportunas en las que alargarán o darán por finalizado, ese periodo de inactividad laboral. Pero, ¿Puede el trabajador disponer de tiempo ilimitado?
Máximo periodo permitido
La respuesta es que no. De hecho, la normativa indica que una baja laboral por incapacidad temporal tiene una duración inicial máxima de un año. Lo cual quiere decir que el trabajador disponer de como máximo 12 meses de baja para recuperarse. Este máximo es relativo, pues se trata de un periodo inicial, pero existen dos prórrogas posibles:
- Una prórroga de 180 días por si pasados los 12 meses, no el trabajador no se ha recuperado.
- Una extensión adicional, conocida como retraso en la calificación, que puede durar otros seis meses. Esta solo se concede en caso de ser fundamental para la recuperación del trabajador.
Así pues, en cómputo general, el máximo que un trabajador puede estar de baja laboral es de dos años. Pasado este periodo, aunque no sea suficiente, no hay opción de alargar más, al menos, bajo la denominación de incapacidad temporal y con las características que esto implica. La duda para muchos es: ¿Qué ocurre si agotado este tiempo no hay mejoría?
Llegado esa situación, el trabajador solo tiene dos opciones:
- Aceptar el alta y volver a su puesto de trabajo. Esto es lo habitual, cuando finaliza un periodo de baja laboral y el trabajador se ha recuperado. Sin embargo, no debe darse si esa mejoría no ha existido.
- En el caso de no existir mejoría, el trabajador deberá solicitar a la Seguridad Social, la incapacidad permanente.