Si no comunicas esta información, la Seguridad Social podría suspender el pago de tu incapacidad permanente

La Seguridad Social puede suspender el pago de la pensión de incapacidad permanente ante determinadas circunstancias

Suspensión de la incapacidad permanente./ Licencia Adobe Stock

Inicialmente, las pensiones de incapacidad permanente tienen carácter vitalicio. Sin embargo, existen diferentes situaciones que pueden llevar a la suspensión del pago correspondiente por parte de la Seguridad Social. Además, algunas situaciones también pueden provocar la extinción del derecho a cobrar la pensión contributiva de incapacidad permanente.

Una pensión de incapacidad permanente tiene una gran importancia para las personas perceptoras de la misma. Se trata de un tipo de pensión destinado a paliar la pérdida de ingresos que sufre una persona debido a una lesión o enfermedad, que reduce o anula su capacidad laboral.

Suspensión del pago por la Seguridad Social

La mayoría de pensionistas de incapacidad permanente tienen domiciliada su pensión en una entidad bancaria. En este sentido, si una persona beneficiaria de una incapacidad permanente cambia de Banco y no lo comunica a la Seguridad Social, es posible que se produzca la suspensión del correspondiente pago.

Suspensión de la incapacidad permanente
Suspensión de la incapacidad permanente./ Licencia Adobe Stock

También puede darse el caso de que una persona beneficiaria de una pensión de incapacidad permanente española se vaya a vivir a otro país diferente. Los pensionistas que residen fuera de España deben cumplir un requisito básico para no dejar de cobrar su pensión.

En el primer trimestre de cada año, dicho pensionista deberá enviar a la Seguridad Social el documento de fe de vida. A través de este documento, la Administración puede confirmar que el pensionista sigue vivo y con derecho a seguir cobrando su pensión contributiva. Este es un requisito que solamente se aplica para los pensionistas que cobran una pensión contributiva española y residen fuera de España.

Son aspectos que deben conocer las personas beneficiarias de una pensión de incapacidad permanente para no poner en riesgo el cobro mensual de su prestación. Así lo recuerdan los profesionales de la Seguridad Social.

Más motivos de suspensión de la incapacidad permanente

Además de todo lo expuesto anteriormente, la Seguridad Social enumera una serie de circunstancias específicas por las que puede proceder a suspender el pago de la pensión de incapacidad permanente de un determinado ciudadano en España:

Por otra parte, los profesionales de la Seguridad Social recuerdan que se puede suspender el pago de la pensión de incapacidad «cuando la incapacidad permanente sea debida o se haya agravado a consecuencia de haber rechazado o abandonado, sin causa razonable, el tratamiento sanitario prescrito durante la situación de incapacidad temporal».

El pago de la pensión de incapacidad permanente no volverá a reanudarse hasta que se aclare la situación por la que la Seguridad Social ejecutó la suspensión del pago de la pensión de incapacidad.

Con todo ello, la normativa de la Seguridad Social también contempla diferentes circunstancias por las que puede producirse la extinción del pago de la pensión de incapacidad permanente de un ciudadano. El motivo más evidente es por el fallecimiento de la persona beneficiaria. Igualmente, también puede extinguirse porque la persona beneficiaria se decante por la pensión de jubilación al alcanzar la edad ordinaria de jubilación correspondiente.

Finalmente, desde la Seguridad Social señalan que la extinción de la pensión de incapacidad permanente puede tener lugar «por revisión de oficio dictada por la Entidad gestora en alguno de los casos en que tal actuación esté legalmente permitida y de ella se derive la pérdida del derecho a la pensión».

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