Estos son los mutualistas que recibirán una devolución del IRPF

La Agencia Tributaria está obligada a realizar una importante devolución del IRPF a mutualistas afectados por la DT 2ª

Devolución del IRPF para mutualistas./ Licencia Adobe Stock

Cientos de mutualistas en España están recibiendo una importante devolución del IRPF por parte de Hacienda. En concreto, hablamos de jubilados mutualistas que están percibiendo entre 3.000 y 4.000 euros.

Esta devolución del IRPF a mutualistas se debe a que la Agencia Tributaria cometió un error en el pasado, ya que se les aplicó un exceso sobre sus cotizaciones. Dichas cotizaciones debían ser del 75%, pero Hacienda aplicó un 100%.

Ahora, todos los mutualistas que cumplan con las condiciones y realicen la pertinente solicitud de devolución, recibirán hasta 4.000 euros por parte de Hacienda. Se trata de una cantidad económica que trata de compensar un perjuicio sufrido por estos mutualistas en el pasado.

Devolución del IRPF a mutualistas en España

Los mutualistas jubilados afectados podrán solicitar la devolución correspondiente al periodo entre 2019 y 2023. Es decir, se trata del periodo que aún no ha prescrito legalmente y por el que pueden realizar dicha devolución.

Devolución del IRPF para mutualistas
Devolución del IRPF para mutualistas./ Licencia Adobe Stock

En la pasada Campaña de la Renta, correspondiente al ejercicio fiscal de 2023, los mutualistas pudieron solicitar la devolución del IRPF correspondiente. Además, para el resto de años, la Agencia Tributaria habilitó un formulario de solicitud específico a través de su Sede Electrónica.

Desde la Agencia Tributaria informan que «el formulario de solicitud para la aplicación de la DT 2ª se podrá presentar desde su publicación en Sede electrónica y será de aplicación para aquellos años de IRPF que no estén prescritos en la fecha de presentación».

En concreto, hablamos de la disposición transitoria segunda (DT 2ª) de la Ley del IRPF. Esta disposición permite a los mutualistas jubilados obtener la devolución correspondiente de aquellas aportaciones que no pudieron ser objeto de reducción en su momento.

Solicitud de devolución del IRPF

A continuación, vamos a exponer algunos detalles de la devolución del IRPF para mutualistas, ya que muchos ciudadanos desconocen este hecho. La devolución se puede solicitar de forma online a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.

Los mutualistas tendrán derecho a devolución si tras la aplicación de la ‘DT 2ª’ la cuota tributaria es más baja con respecto a las cantidades previamente ingresadas por la presentación de una declaración anterior o por las retenciones soportadas.

En cualquier caso, desde la Agencia Tributaria señalan que «para poder aplicar la reducción prevista en la DT 2ª es necesario haber realizado aportaciones a mutualidades, en todo caso en una fecha anterior a 1 de enero de 1999, y que esas aportaciones no hayan podido ser objeto de reducción o minoración en la base imponible del impuesto de acuerdo con la legislación vigente en cada momento».

Es necesario resaltar que la reducción a aplicar puede variar en función de la fecha en las que se produjeron las pertinentes aportaciones de los mutualistas. Igualmente, también juega un papel fundamental el tipo de mutualidad al que se hicieron dichas aportaciones.

La reducción a aplicar varía dependiendo de la fecha en la que se realizaron las aportaciones y el tipo de mutualidad al que se hicieron las mismas.

Con todo ello, la solicitud de la devolución del IRPF para estos mutualistas se puede realizar a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. En este sentido, es obligatorio completar el formulario electrónico habilitado por Hacienda.

El plazo de solicitud seguirá activo mientras se mantenga vigente la posibilidad de recibir esta devolución del IRPF por parte de los mutualistas afectados. Así, se aplicará la devolución para aquellos años de IRPF que no hayan prescrito en la fecha de presentación.

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