La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha establecido una indemnización de 289.177 euros para una mujer víctima de una negligencia médica. Además, fruto de dicha negligencia, esta ciudadana obtuvo el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente total.
En concreto, la negligencia hospitalaria se produjo en el año 2006, durante la práctica de una ligadura de prácticas. Debido a esta situación, la mujer quedó incapacitada por afección al sistema nervioso con «dolor muy intenso y permanente».
Incapacidad permanente total e indemnización de 300.000€
Dicha sentencia judicial determina que «la negligencia médica, al margen de haber conducido a una incapacidad permanente total para la profesión habitual de la recurrente, fue la causa directa de las secuelas analizadas».
Hay que recordar que la incapacidad permanente total inhabilita al trabajador para su profesión habitual. Sin embargo, es compatible con otras actividades laborales que no entren en conflicto con las limitaciones que dieron origen a la invalidez.
Por su parte, el reconocimiento de una incapacidad permanente total implica la percepción de una pensión mensual con una cuantía equivalente al 55% de la base reguladora. En determinados casos, el importe puede llegar a ser del 75% de la base reguladora, cuando la persona beneficiaria tiene 55 años o más y se encuentra en situación de desempleo.
Respecto al caso que nos atañe, la sentencia judicial también recoge que la negligencia médica afectó a esta mujer en el nervio «ilioinguinal derecho, en grado secuelar e irreversible».
Con todo ello, los médicos también detectaron afecciones a nivel psicológico y de deseo, más allá del dolor físico. Esta ciudadana ha contado con la representación del despacho de abogados ‘Luna & Asociados’, que ha conseguido un reconocimiento importante.
Dicho procedimiento arrancó tras el recurso contencioso-administrativo para impugnar la resolución del año 2015. Y es que, inicialmente, los abogados denuncian que no se tuvieron en cuenta algunas secuelas clave que presentaba la paciente.
Indemnización de casi 300.000 euros
Finalmente, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha reconocido que esta trabajadora tiene derecho a una indemnización de 289.177 euros.
Además, el Alto Tribunal señala que la cantidad «deberá incrementarse con los intereses legales devengados desde la fecha de la reclamación administrativa, presentada el día 5 de junio de 2012, y de los que responden conjunta y solidariamente el SAS y la aseguradora».
Se trata de un caso complejo, ya que la persona afectada ha necesitado pasar por diferentes procedimientos judiciales antes de obtener esta resolución final, con una indemnización cercana a los 300.000 euros, teniendo en cuenta los intereses aplicados por parte de la Justicia.
En relación a esta sentencia, se tienen en cuenta aspectos como el retraso en el diagnóstico de las lesiones. Según la Justicia, este hecho no se produjo por «una insuficiencia de medios, sino a que la orientación diagnóstica planteada fue incorrecta, y no cesó hasta que la paciente acudió a un centro médico privado cinco años después».
Así, la negligencia hospitalaria tuvo importantes consecuencias para esta mujer trabajadora. En concreto, derivó en el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente total. Ahora, después de años de litigios, ha conseguido una indemnización de casi 300.000 euros, que tratan de paliar algunos de los daños irreversibles sufridos tras la negligencia hospitalaria.