Una mujer de 64 años de edad ha conseguido acceder a la jubilación anticipada en España a través de la vía judicial. Todo ello, a pesar de no haber estado dada de alta en la Seguridad Social durante un periodo de 14 años en el que sí ejerció su actividad laboral como profesora de religión de Primaria.
Hay que recordar que para acceder a la jubilación en España y tener derecho a una pensión contributiva, es necesario cumplir con un requisito mínimo de cotización. Además, también es preciso cumplir ciertos requisitos de cotización en caso de acceder a la jubilación anticipada.
Jubilación anticipada sin haber estado de alta durante 14 años
En este caso, hablamos de un caso judicial muy particular. Finalmente, el Juzgado de lo Social Número 5 de Valladolid ha dado la razón a esta mujer de 64 años, a la que le reconoce que cumple con las condiciones para acceder a la jubilación anticipada.
Lo novedoso de esta sentencia judicial es que la Justicia le reconoce a esta ciudadana los años trabajados entre 1984 y 1998. Hablamos de un periodo de 14 años en los que esta trabajadora no estuvo dada de alta en la Seguridad Social.
En este sentido, la Asociación Profesional de Profesores de Religión en Centros Estatales (APPRECE) recuerda que hasta el año 1999 los profesores de religión no eran dados de alta en la Seguridad Social. Por tanto, hablamos de una situación excepcional.
Generalmente, estos profesionales tienen reconocidos sus derechos por el Ministerio de Educación, Cultura y Formación Profesional (MEFP). Sin embargo, en el momento de acceder a la jubilación, muchos de ellos se encuentran con esta problemática, ya que no se contabilizan dichos años de cotización para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación.
Para tener derecho a una pensión contributiva de jubilación en España es necesario haber cotizado un mínimo de 15 años a la Seguridad Social. Además, el número de años cotizados durante la vida laboral son fundamentales para determinar el importe de la prestación o para acceder a determinadas modalidades de jubilación.
Acceso a la jubilación anticipada con 64 años
Después de diferentes procedimientos judiciales impulsados por APPRECE y continuas reclamaciones, han conseguido que estos años de trabajo sin estar dados de alta tengan efectos para el acceso a la pensión de jubilación.
Es decir, los profesores de religión que trabajaron antes de 1999 sin estar dados de alta en la Seguridad Social, pueden utilizar los años correspondientes como cotización para acceder o mejorar sus condiciones de jubilación.
Respecto al caso que nos atañe, el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) denegó la jubilación anticipada a los 64 años de edad a esta profesora de religión. Desde el INSS no aceptaron como años de cotización el periodo entre 1984 y 1998 en el que esta profesora no estuvo dada de alta en la Seguridad Social.
Finalmente, la sentencia judicial sí contabiliza dichos años de trabajo como años de cotización. De este modo, se le ha reconocido la jubilación anticipada a los 64 años de edad. Así, se trata de una sentencia novedosa e interesante para muchos ciudadanos que pueden enfrentarse a este tipo de situaciones.
Como conclusión, desde APPRECE manifiestan que «esta sentencia es un gran paso hacia la justicia para muchos compañeros que han trabajado con dedicación durante años, pero que por diversas circunstancias no vieron reflejados esos años en su cotización a la Seguridad Social. Gracias a esta victoria, se logra un precedente que permitirá que más profesores puedan acceder a sus derechos de jubilación anticipada».