El Instituto de Mayores y Servicios Sociales, conocido como IMSERSO, es el organismo que se encarga de la gestión de la pensión de tipo no contributiva, ya sea en su modalidad de invalidez o de jubilación. El organismo tiene la potestad para poder retirar o suspender dichas prestaciones a las personas que no cumplan con los requisitos que exige.
Desde el IMSERSO señalan que la pensión no contributiva «asegura a todos los ciudadanos en situación de invalidez o mayores de 65 años y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutia gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva«.
Cada persona que quiera acceder a cualquiera de los dos tipos de pensión no contributiva tendrá que cumplir una serie de requisitos para poder percibir dicha ayuda. A esto hay que sumarle que se mientras se perciba dicha prestación se deberá de seguir cumpliendo dichas condiciones, ya que si esto no ocurre, la pensión le puede ser retirada.
Motivo por el que puede suspenderse la pensión no contributiva
Desde el IMSERSO señalan que las personas beneficiarias de pensión de jubilación en su modalidad no contributiva están obligados a presentar en el primer trimestre del año una declaración de los ingresos o rentas computables de la respectiva unidad económica de convivencia, referidos al año inmediatamente anterior, así como las posibles variaciones y previsiones relativas al año en curso.
El formulario de declaración anual de rentas o ingresos es remitido por el órgano competente de la gestión de estas pensiones en función de su domicilio (Comunidades Autónomas/Direcciones Territoriales del IMSERSO) al pensionista y éste está obligado a presentarlo cumplimentado en el primer trimestre del año.
El incumplimiento de la obligación de presentar la declaración anual en el plazo indicado da lugar a la suspensión del pago de la pensión. La rehabilitación del pago únicamente se producirá cuando se presente la declaración anual y se acredite que continúa reuniendo los requisitos legalmente establecidos para mantener del derecho a la pensión de invalidez. En este caso, cuenta con una retroactividad máxima de noventa días naturales (tres meses) a contar desde la fecha en que se presente la declaración y se acredite que reúne todos los requisitos exigidos
Finalmente, el IMSERSO señala que «el procedimiento de revisión anual se procede a establecer la cuantía definitiva del año anterior y determinar la cuantía para el año en curso en base a los datos económicos y de convivencia declarados por el titular de pensión para dichos años, así como regularizar los importes de pensión percibidos. Efectuada esta revisión, cuyo plazo máximo de resolución es el 31 de octubre, le será notificada la regularización de cuantías cuando existan modificaciones».
¿Dónde solicitar una pensión no contributiva?
Aunque el IMSERSO es el organismo que se encarga de la gestión de las pensiones no contributivas, la realidad es que tiene transferidas las funciones y servicios, así como la gestión y reconocimiento del derecho a percibir una pensión no contributiva a las Comunidades Autónomas.
En el caso de las ciudades autónomas de Ceuta y de Melilla se hace directamente por el IMSERSO.
La solicitud de pensión no contributiva podrá presentarse en las oficinas de los Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas, del IMSERSO o en cualquier otra de la Seguridad Social, en las que se facilitará el impreso correspondiente, o por correo.
Las direcciones y teléfonos de información de las Comunidades Autónomas y Direcciones Territoriales del IMSERSO se puede consultar en la web de este organismo.