El Instituto de Mayores y Servicios Sociales, conocido como IMSERSO, es el organismo que se encarga de la gestión de las pensiones no contributivas, que pueden ser de invalidez o de jubilación. El objetivo de estas prestaciones es ayudar a las personas que se encuentran en situación de necesidad económica.
Para obtener la pensión no contributiva de invalidez, la persona interesada debe de cumplir con una serie de requisitos. Entre ellos, encontramos el hecho de tener un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
Desde el IMSERSO señalan que la «pensión no contributiva de invalidez asegura a todos los ciudadanos en situación de invalidez y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva».
Requisitos para solicitar la pensión no contributiva de invalidez
El IMSERSO exige a las personas que quieran solicitar la pensión no contributiva de invalidez a cumplir una serie de requisitos básicos:
- Tener una discapacidad de, al menos, el 65%.
- Tener más de 18 años y menos de 65.
- Residir en territorio español y haberlo hecho durante un periodo de cinco años. Estos cinco años deben haberse producido de manera consecutiva y anteriores a la solicitud.
Otro requisito que solicita el IMSERSO tiene que ver con los ingresos que percibe la persona que solicita la prestación. Y es que también es necesario que la persona cumpla un requisito de carencia de rentas. Es decir, que tenga falta de ingresos. En concreto, los ingresos personales anuales deben ser inferiores a 6.784,54 euros para 2023.
Desde el IMSERSO señalan que las cuantías de carencia de ingresos pueden aumentar en función del número de miembros en la unidad de convivencia de las persona beneficiaria de la pensión por discapacidad.
Cuantía mínima de la pensión no contributiva de invalidez
Tras recoger los Presupuestos Generales del Estado el aumento de las pensiones no contributivas un 15% para 2023, el importe anual quedaba fijado en 6.784,54 euros anuales. Esta cantidad se deben abonar en 14 pagas, repartidas en 12 mensualidades más dos pagas extraordinarias al año de 484,61 euros.
La cuantía individual actualizada para cada pensionista se establece a partir del citado importe y en función del número de beneficiarios que vivan en el mismo domicilio, de sus rentas personales y/o de las de su unidad económica de convivencia. De esta manera, el IMSERSO señala que la cuantía nunca puede ser inferior a la mínima del 25% de la establecida. Esta cantidad sería de 1.696,14 euros anuales. Dicha cantidad se deben abonar en 14 pagas, repartidas en 12 mensualidades más dos pagas extraordinarias al año de 121,15 euros.
Por otro lado, debemos de tener en cuenta que los pensionistas de pensión no contributiva de invalidez cuyo grado de discapacidad sea igual o superior al 75% y acrediten la necesidad del concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida, percibirán además un complemento del 50% de los 6.784,54 € anuales. Por lo que el importe de ese complemento queda fijado en 3.392,27 € anuales.
En total, estas personas tendrían una ayuda anual de 10.176,81 euros. Esta se debe abonar en 14 pagas, repartidas en 12 mensualidades más dos pagas extraordinarias al año de 726,92 euros.