Miles de personas dejarán de cobrar su pensión a partir del 1 de abril

La Seguridad Social suspenderá el pago de la pensión a los pensionistas que no hayan cumplido con los requisitos pertinentes

Dejar de cobrar la pensión a partir de abril de 2025

Dejar de cobrar la pensión a partir de abril de 2025./ Licencia Adobe Stock

A partir del 1 de abril de 2025, miles de pensionistas podrían dejar de cobrar su pensión. Esto se debe a que debían haber completado un trámite obligatorio durante el primer trimestre del año, con fecha límite hasta el 31 de marzo de 2025.

Por un lado, encontramos a los pensionistas que residen en el extranjero y cobran una pensión contributiva de la Seguridad Social española. Y por otro, las personas beneficiarias de una pensión no contributiva del IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales).

¿Qué pensiones tendrán suspendido el pago?

Las personas beneficiarias de una pensión de la Seguridad Social española y que residen en el extranjero, tienen la obligación de acreditar la vivencia durante el primer trimestre del año. Es decir, hasta el 31 de marzo de 2025.

En este sentido, tienen la obligación de presentar el documento de fe de vida a través de los diferentes canales que habilitado la Seguridad Social para ello. El mecanismo más sencillo para completar este trámite es de forma telemática, a través de la aplicación ‘VIVESS’ para teléfonos móviles.

Según los datos de la Seguridad Social, un total de 115.169 personas cobra una pensión de la Seguridad Social española y reside en el extranjero. Estas personas tienen la obligación de acreditar su vivencia cada año.

El objetivo de este trámite es evitar que familiares u otras personas sigan cobrando la pensión de pensionistas ya fallecidos. Por ello, es fundamental presentar el documento de fe de vida a la Seguridad Social. Este trámite no lo deben cumplir las personas que cobran una pensión contributiva y residen en España.

Así, todas las personas que residan en el extranjero y cobran una pensión española, verán suspendido el pago de su pensión a partir del mes de abril de 2025 en caso no haber acreditado la vivencia.

En este tipo de casos, el pago de la pensión para el pensionista correspondiente quedará suspendido por la Seguridad Social hasta que acredite su vivencia de manera correcta y efectiva.

Obligación para las pensiones no contributivas

Las personas beneficiarias de una pensión no contributiva también tienen una obligación que cumplir durante el primer trimestre de cada año. En este caso, deben presentar una Declaración Anual de Renta ante el IMSERSO.

Con esta Declaración Anual de Rentas, el pensionista debe acreditar que sigue cumpliendo con los requisitos de carencia de rentas exigidos para continuar con derecho a cobrar la pensión no contributiva.

Para cobrar una pensión no contributiva en España, es necesario acreditar una situación de vulnerabilidad económica, junto con otros requisitos básicos. Así, la situación de vulnerabilidad económica viene determinada por una serie de límites de ingresos marcados por el IMSERSO.

Igualmente, las personas beneficiarias de una pensión no contributiva que no cumplan con este trámite dentro del plazo establecido, verán suspendido el pago de su pensión por parte del IMSERSO a partir del mes de abril de 2025.

En este sentido, desde el IMSERSO advierten que «la rehabilitación del pago únicamente se producirá cuando se presente la declaración anual y se acredite que continúa reuniendo los requisitos legalmente establecidos para mantener del derecho a la pensión de jubilación, con una retroactividad máxima de noventa días naturales a contar desde la fecha en que se presente la declaración y se acredite que reúne todos los requisitos exigidos».

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