El mecanismo ‘secreto’ de la Seguridad Social para cotizar sin trabajar y cobrar una pensión de jubilación

La Seguridad Social cuenta con un mecanismo especial que permite a los ciudadanos cotizar para la jubilación sin estar trabajando

Mecanismo de la Seguridad Social para cotizar sin trabajar

Mecanismo de la Seguridad Social para cotizar sin trabajar./ Licencia Adobe Stock

El principal mecanismo para cotizar a la Seguridad Social y tener derecho a cobrar una pensión contributiva de jubilación en el futuro es a través del trabajo y el alta en un Régimen de cotización de la Seguridad Social. Sin embargo, existe una posibilidad en la que se puede cotizar sin trabajar.

La Seguridad Social contempla un mecanismo que permite a los ciudadanos en España cotizar sin trabajar, de cara a la percepción de una futura pensión de jubilación. Se trata de una posibilidad que puede pasar desapercibida para muchas personas.

Cómo cotizar a la Seguridad Social sin trabajar

El mecanismo para cotizar sin trabajar es el denominado como Convenio Especial de la Seguridad Social. A través de esta función, el ciudadano puede pagar una cuota de cotización a la Seguridad Social de cara a cobrar una pensión contributiva de jubilación en el futuro.

Para suscribir este Convenio Especial con la Seguridad Social y cotizar sin trabajar, es necesario cumplir los siguientes requisitos:

A través de las cotizaciones por este Convenio Especial, el usuario puede obtener una acción protectora frente a las pensiones de jubilación, pensiones de incapacidad permanente y pensiones por muerte y supervivencia.

Así, el ciudadano deberá pagar una cuota de cotización mensual a la Seguridad Social con un importe estipulado en el correspondiente Convenio. Un Convenio que finalizará en caso de que se produzca alguna de las siguientes circunstancias:

Además, desde la Administración explican que el Convenio puede finalizar «por quedar el suscriptor comprendido, por la realización de una actividad, en el campo de aplicación del Sistema de la Seguridad Social y la nueva base de cotización que corresponda sea igual o superior a la base de cotización del Convenio Especial».

¿Qué personas pueden suscribir el Convenio Especial?

A continuación, exponemos un listado con las personas que pueden suscribir el Convenio Especial de cotización con la Seguridad Social, tal y como se recoge en la normativa actual:

Según la normativa de la Seguridad Social, también pueden suscribir el mencionado Convenio «los trabajadores por cuenta ajena con contrato de trabajo de carácter indefinido, así como los trabajadores por cuenta propia incluidos en el Sistema de la Seguridad Social, siempre que unos y otros continúen en situación de alta y tengan cumplidos 65 o más años de edad y acrediten 35 o más años de cotización efectiva, y queden exentos de la obligación de cotizar a la Seguridad Social».

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