¿Me pueden multar la DGT por llevar el perro en el coche?

La DGT advierte de los peligros que puede ocasionar no llevar a las mascotas bien sujetas en el coche y las posibles consecuencias

Multa de la DGT por llevar al perro en el coche

La DGT calcula que el 82 por ciento de las personas viajan con sus mascotas en el coche. Un dato que se torna preocupante si se tiene en cuenta que más de la mitad de los conductores, ha vivido alguna vez una situación de riesgo al volante por no llevar a los animales bien sujetos. Pero, ¿Por qué ocurre esto? Pues según el organismo de tráfico, un 50 por ciento de los conductores desconoce la normativa que regula el transporte de mascotas, lo cual supone un peligro.

Es cierto, que llevar al perro en el coche es algo bastante usual para muchas personas. Se calcula que casi la mitad de la población española, cuenta con una mascota. Esto significa que son muchas las personas que necesitan en alguna ocasión desplazarse con su animal. El problema es que en muchas ocasiones sin querer, les ponemos en riesgo a ellos y a nosotros. Por ese motivo, la DGT tiene establecida una serie de normas a tener en cuenta si queremos viajar con nuestros animales.

No obstante, la Dirección General de Tráfico (DGT), hace especial hincapié en que es fundamental que el animal vaya sujeto de la manera más segura. Al igual que las personas nos ponemos el cinturón de seguridad, las mascotas deben ir con algún mecanismo de sujeción. Es más, a pesar de que los consideramos un miembro de la familia más, no debemos olvidar que son seres irracionales y pueden tener algún tipo de reacción que distraiga al conductor, poniéndole en peligro.

La multa de la DGT por llevar el perro en el coche

La DGT no tiene establecida una normativa específica sobre el modo correcto de transportar animales. Sin embargo, cuenta con una larga lista de consejos sobre cómo afrontar esta situación de la forma más segura. Además, lo que sí tiene estipulado, es que el conductor debe tener libertad de movimiento y nada debe distraerlo. Esto quiere decir, que de no ser así, podrá ser sancionado. Y en este caso, los animales pueden ser la razón de recibir una multa.

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La DGT advierte del peligro de no llevar a los animales bien sujetos

El artículo 18.1 del Reglamento General de Circulación establece que el conductor tiene que «mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía». Además, habla del transporte de mascotas cuando cita que «tendrá que cuidar la colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos”.

De no ser así, la DGT tiene contempladas multas de entre 80 y 500 euros. Por este motivo, el organismo de tráfico tiene recogidas algunas recomendaciones a tener en cuenta a la hora de transportar a nuestra mascota en el coche. Entre ellas, podemos destacar:

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