Hacienda se pone seria en temas de fiscalidad con los propietarios con más de una vivienda en España. Tal y como ha informado la Agencia Tributaria, a partir de ahora, la Administración podrá imponer sanciones a quienes no declaren correctamente sus segundas residencias, incluso si no están alquiladas o se usan de forma habitual. De hecho, Hasta el momento, las penalizaciones solo afectaban a quienes vendían una propiedad por debajo del precio de mercado, pero la normativa ya incluye todas las segundas viviendas, aunque no estén siendo disfrutadas.
Por tanto, de acuerdo con el Ministerio de Hacienda, este cambio responde a un mayor control sobre el mercado inmobiliario y busca evitar posibles fraudes fiscales. De esta forma, si tener una segunda vivienda puede ser una fuente de ingresos adicional o un refugio vacacional, también conlleva obligaciones tributarias que no pueden ser evitadas por los propietarios; en caso contrario, la Administración podrá exponerlos a sanción.
¿Quién debe declarar la segunda propiedad?
De acuerdo con expertos en el sector inmobiliario, para declarar una segunda residencia en la renta, hay que dirigirse al apartado «Bienes inmuebles no afectos a actividades económicas«. Allí, es necesario indicar que la vivienda no es la residencia habitual y que permanece vacía durante el año.
Ahora bien, para los propietarios que ostenten una vivienda adicional a su residencia habitual deben incluirla en su declaración de la renta, independientemente de si la utilizan o no. Existen dos escenarios principales para incluir el inmueble dentro de esta campaña fiscal:
- Los ingresos generados deben declararse como rendimientos del capital inmobiliario. En este caso, Hacienda aplica una tributación específica que varía en función de los ingresos obtenidos y los gastos deducibles.
- Es obligatorio reflejarla en la declaración de la renta, indicándola como «vacía». Aunque no genere ingresos, Hacienda imputa un rendimiento mínimo sobre el valor catastral del inmueble.
Sanciones si no se declara la propiedad
Tal y como se informa desde la propia Agencia Tributaria, no incluir una segunda residencia en la declaración de la renta puede derivar en sanciones económicas a los propietarios de estos inmuebles. Así, Hacienda calcula un rendimiento imputado sobre la vivienda vacía, aplicando un porcentaje sobre su valor catastral:
- 2% del valor catastral si no ha sido revisado en los últimos 10 años.
- 1,1% del valor catastral si ha sido actualizado mediante valoración colectiva en la última década.
- 1,1% sobre el 50% del valor de la vivienda si no tiene valor catastral asignado.
El incumplimiento de esta normativa puede ser considerado un fraude fiscal, lo que podría acarrear multas adicionales y recargos por parte de la Agencia Tributaria. Finalmente, la Administración ha decidido mantenerse firme en este aspecto y perseguir a aquellas personas que tienen dos propiedades residenciales, aunque una de ellas sea un ingreso económico adicional o un disfrute vacacional.
Del mismo modo, las instituciones competentes advierten sobre el riesgo de no informar sobre la existencia de una segunda residencia, que podrá acarrear importantes multas y sanciones para los propietarios. Esta nueva medida por parte del Ministerio de Hacienda no ha sentado bien a los dueños de estas residencias, que estiman que podrán disfrutar de ella a su antojo sin nadie que les controle.