Si tu fecha de nacimiento se encuentra dentro de los años 1960 y 1970, estás de enhorabuena. Una de las modificaciones más relevantes que trae consigo la entrada de 2025 está directamente relacionada con el sistema de pensiones, que repercute también en la edad para la jubilación y la jubilación anticipada. Por tanto, las personas que cumplan los requisitos y condiciones interpuestos por la Administración en materia de edad legal de jubilación y de años cotizados en régimen de Seguridad Social, podrán acceder a la retirada profesional de la actividad laboral. No obstante, en España, la edad ordinaria de jubilación crece cada año, y así lo seguirá haciendo hasta 2027, cuándo alcance el máximo histórico de 67 años.
De esta manera, con las novedades en materia de jubilación que entran en vigor en 2025, la jubilación anticipada forzosa se puede llegar a conseguir hasta cuatro años antes de la edad de jubilación ordinaria si se cumple el indispensable requisito de los 38 años y 3 meses cotizados. No obstante, si se desea la jubilación ordinaria, la Seguridad Social la fija en los 66 años y 6 meses sin requisito alguno. Cualquier ciudadano que lo desee a esa edad podrá jubilarse y optar por el 100% de su pensión. Por otra parte, si se cuenta con un mínimo de 38 años y 3 meses cotizados, los trabajadores que cuenten con este requisito se podrán jubilar con 65 años y mantener su pensión completa. En el caso de la retirada profesional anticipada y de forma voluntaria, los trabajadores que opten por esta vía verán afectada la cuantía de su prestación mediante la aplicación de coeficientes reductores, en materia económica, por parte de la Administración competente.
Jubilación para los nacidos entre el 60 y el 70
De cara a este nuevo año 2025, las personas nacidas en 1960 alcanzarán los 65 años, lo que significa que podrán optar a la jubilación ordinaria y el 100% de base reguladora, siempre y cuando cuenten con 38 años y 3 meses cotizados. Si no es el caso, tendrán que esperar a cumplir los 66 años y 8 meses. No obstante, esto también afectará a las personas que se quieran jubilar de forma anticipada voluntaria, con la que se pueden jubilar a los 63 años si se han cumplido los 38 años y 3 meses cotizados. Por tanto, los nacidos en 1962 también podrían jubilarse de forma anticipada durante este período si cumplen con el requisito que pone la Seguridad Social de contar con los 38 años y 3 meses cotizados necesarios.
Igualmente, para los próximos años 2026 y 2027, la Seguridad Social también se perfila para lanzar una serie de cambios dentro del sistema de jubilación. Por un lado, en 2026 se espera que la jubilación a los 65 años se mantenga siempre y cuando se cumplan los 38 años y 3 meses cotizados, mientras que para los que no los cumpliesen, tendrían que esperar a los 66 años y 10 meses, según se deduce desde las instituciones y órganos encargadas de gestionar esta materia.
Mientras, para 2027, de acuerdo con el sistema de pensiones, se espera que se retrasen aún más las jubilaciones. Para jubilarse a los 65 años harían falta 38 años y 6 meses cotizados, y si no se cumpliese el requisito, habría que esperar hasta cumplir los 67 años. Esto sería medio año más de trabajo en comparación a la edad de jubilación sin requisitos del año pasado. Más allá de 2027, está pendiente de anunciarse cómo será el sistema de jubilación.